Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2013 (05/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 5 de MORDAZA de 2013

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FE DE ERRATAS mediante el Informe Nº 04-2013/COE-TC, del 22 de enero de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA con fecha 25 de MORDAZA de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano DANY MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico ilicito de drogas, subtipo promocion o favorecimiento al trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado peruano, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 958175-4 RESOLUCION SUPREMA Nº 077-2013-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 46-2013/ COE-TC, del 24 de junio de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Bolivariana de Venezuela del ciudadano peruano MORDAZA ORDULFO MORDAZA MORDAZA, formulada por Sala Penal de Apelaciones con Funcion de Liquidacion de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 09 de enero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA ORDULFO MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Salud Publica en la modalidad de trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 137-2012); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2013-MEM/DM Mediante Oficio Nº 1398-2013-EM/SEG el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 256-2013-MEM/DM, publicada en la edicion del 2 de MORDAZA de 2013. En el Articulo 1.DICE "Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo de las funciones efectuado al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante de la Resolucion Ministerial Nº 487-2012-MEM/ DM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados". DEBE DECIR: "Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo de las funciones efectuado al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectuado mediante Resolucion Ministerial Nº 1672012-MEM/DM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados". 957662-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos peruanos y britanica, y disponen su MORDAZA por via diplomatica a EE.UU., Venezuela, Colombia, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte e Italia
RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2013-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 04-2013/ COE-TC, del 22 de enero de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano DANY MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 14 de MORDAZA de 2012, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano DANY MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico ilicito de drogas, subtipo promocion o favorecimiento al trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 46-2012); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente

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