Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2013 (05/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 5 de MORDAZA de 2013

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Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 09 de MORDAZA de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano LIDER MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Fe Publica-Falsificacion de Documentos, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA y el Estado peruano y, por el delito contra el Patrimonio-Estafa, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA (Expediente N.º 47-2013); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 041-2013/COE-TC, de fecha 18 de junio de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion celebrado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana, suscrito en MORDAZA el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano LIDER MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Fe Publica-Falsificacion de Documentos, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA y el Estado peruano y, por el delito contra el Patrimonio-Estafa, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 958175-8

comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas [tipo base], en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 36-2012); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 071-2012/COE-TC, del 07 de setiembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 26 de enero de 1904; y, la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas, suscrita en la MORDAZA de MORDAZA el 20 de diciembre de 1988; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana britanica MORDAZA SIDDIGA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas [tipo base], en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 958175-7 RESOLUCION SUPREMA Nº 080-2013-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 041-2013/ COE-TC, del 18 de junio de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Italiana del ciudadano peruano LIDER MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junin; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos boliviano y peruanos y disponen su MORDAZA por via diplomatica a MORDAZA, Italia y Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 081-2013-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 042-2012/

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