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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2013 (05/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Viernes 5 de julio de 2013 498698 Autorizan ampliación de local a Brevetes Perú Yair Mino Escuela de Conductores Integrales E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2134-2013-MTC/15 Lima, 22 de mayo de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 028331, 043034, 057965 y 065372, presentados por la empresa denominada BREVETES PERÚ YAIR MINO ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E.I.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 52º del referido texto legal, que señala los requisitos documentales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4430-2011- MTC/15 de fecha 17 de noviembre del 2011, se autorizó a la empresa denominada BREVETES PERÚ YAIR MINO ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E.I.R.L., con R.U.C. Nº 20522861406, y con domicilio en Autopista Panamericana Sur Km. 21 Margen derecha (rumbo Lima -Pucusana), Distrito de Villa el Salvador, Provincia y Departamento de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, en adelante El Reglamento, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 028331 de fecha 07 de marzo de 2013, La Escuela presenta solicitud sobre ampliación de autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el local ubicado en la Av. Los Eucaliptos Nº 1165 segundo y cuarto piso. Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Ofi cio Nº 2730-2013-MTC/15.03 de fecha 18 de abril de 2013, notifi cado el 22 de abril de 2013, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y mediante Parte Diario Nº 043084 de fecha 09 de abril del año en curso, presenta diversa documentación a fi n de ser anexada al documento principal; Que, mediante Parte Diario Nº 057965 de fecha 06 de mayo de 2013, La Escuela, solicita adicionalmente un plazo ampliatorio a fi n de subsanar adecuadamente las observaciones señaladas en el ofi cio antes mencionado; por lo que, con Ofi cio Nº 3346-2013-MTC/15.03 de fecha 10 de mayo de 2013 y notifi cado el 13 de mayo de 2013, se le concedió el plazo solicitado; Que, mediante Parte Diario Nº 065372 de fecha 17 de mayo de 2013 presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Ofi cio Nº 2730-2013-MTC/15.03; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 003-2013-MTC/15.vvll de fecha 26 de abril de 2013, el inspector concluye que La Empresa, cumple con lo establecido en los numerales 43.3 y 43.5 del artículo 43 concordado con el artículo 52º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 389-2013- MTC/15.03.A.A, y siendo éste parte integrante de la presente resolución, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada BREVETES PERÚ YAIR MINO ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES E.I.R.L., la ampliación de local para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categoría II, III y Clase B categoría II- c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, los cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categoría II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: 957256-1 DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 12 AL 20 DE JULIO DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 229-2013-MTC/12.04 Y Nº 236-2013-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1592-2013-MTC/12.04 12-Jul 16-Jul US$ 1,040.00 AMAZON SKY S.A.C. Defi lippi Brigneti, Gino Humberto Kiev Ucrania Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo AN- 26-100, a su personal aeronáutico 11335-11336 1587-2013-MTC/12.04 17-Jul 20-Jul US$ 660.00 SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. Hurtado Goytizolo, José Francisco Toronto Canadá Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo Twin Otter, a su personal aeronáutico 7180-7181