Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

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SE DECRETA: Articulo 1º.- INCORPORAR en el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Independencia, lo siguiente: a) En el art. 56 º, correspondiente a la Secretaria General, la siguiente area: d) Plataforma de Atencion al Usuario y/o Contribuyente. b) En el art. 57 º, correspondiente a las funciones de la Secretaria General, incorporar el inciso: z) Dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar, la marcha operativa de la Plataforma de Atencion al Usuario y/ o Contribuyente, Centralizando las ventanillas de atencion al publico en una I Etapa, en la cual la responsabilidades funcionales de cada una de ellas dependera del organo de origen y desarrollando el MORDAZA de implementacion de la ventanilla unica en un plazo de 90 dias. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General, informar al Concejo Municipal del presente Decreto; asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa, y en el MORDAZA Institucional de la entidad (www.muniindependencia.gob.pe). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General, Gerencia Municipal y demas unidades organicas el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-2013-MDI
Independencia, 24 de junio del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe Nº 67-2013-GPPR/MDI, mediante el cual la Sub Gerencia de Planificacion, y Racionalizacion y el Informa Legal Nº 67-2013-GPPR/MDI, solicita la incorporacion de funciones para la administracion de la PLATAFORMA DEL SERVICIO DE ATENCION AL USUARIO Y/O CONTRIBUYENTE (PA) a la Secretaria General, con el objeto de ponerla en operatividad; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con lo prescrito en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26º de la Ley 27972 "Ley Organica de Municipalidades" y bajo los lineamientos establecidos en el D. S. Nº 043-2006PCM, el Concejo Municipal mediante Ordenanza Nº 2662012-MDI aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que a la fecha se encuentra vigente; Que, en la Tercera Disposicion Complementaria y Final del mencionado Reglamento de Organizacion y Funciones, se autorizo al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia proceda a su modificacion, siempre y cuando no implique la variacion de la estructura organica aprobada, poniendo en conocimiento del Concejo Municipal; Que, en este contexto, es de observar que la PA, por la naturaleza de su funcion desarrollara relaciones con todos los organos, su implementacion recoge los criterios de que las estructuras son dinamicas y MORDAZA acordes al desarrollo de una serie de factores, como el tecnologico y el fisico, no desarrolla funciones exclusivas, permitira que algunas de ellas MORDAZA realizadas desde un MORDAZA espacio fisico y virtual; es decir se constituye en un operador que asume funciones de otros para otorgar un primer nivel de atencion, por lo que va a requerir de una desconcentracion de funciones y delegacion de facultades. Dentro de las funciones que establece el ROF, no existe organo que tenga tales funciones, ni area especifica para tal fin, por lo que se hace necesario definir a uno que pueda asumir la responsabilidad de la administracion y de las funciones correspondientes a un organo vinculado a la gestion del tramite administrativo, que en este caso seria Secretaria General, por cuanto de acuerdo al art. 56 del ROF, es un organo que coordina el apoyo administrativo a los organos consultivos, de direccion, asesoramiento. Apoyo y de linea. Estando a la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal con Informe Nº 467-2013-GAL/MDI; y contando con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y Secretaria General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º numeral 6º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal;

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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 156-2012/ MLV que establece beneficios e incentivos tributarios por actualizacion y regularizacion de contribuyentes en el Distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 169-2013/MLV
La MORDAZA, 26 de junio de 2013 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de fecha 21 de junio de 2013 el Dictamen Conjunto Nº 005-2013-CPRDE-CPPPAL/MLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­TUO­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y con el articulo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, a traves del Concejo Municipal;

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