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El Peruano Jueves 11 de julio de 2013 499123 Aprueban donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde ACUERDO REGIONAL Nº 104-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 3 de julio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, según Convenio N° 060-2011-GRA/PR – Convenio Tripartito Específi co de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Gobierno Regional de Arequipa, la Asociación Civil Cerro Verde y la Asociación Paz Holandesa, tiene por objeto brindar apoyo económico para la compra de equipos médicos destinados a garantizar la adecuada implementación, operatividad y mantenimiento del “Hospital Infantil Tony Molleapaza Rojas”, brindando atención a niños con discapacidad física; Que, es atribución del Consejo Regional aprobar donación dineraria proveniente de instituciones nacionales privadas entre otras, como lo establece el artículo 15, punto s. “Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley” de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, asimismo le corresponde, según lo preceptuado en el artículo 69 de la Ley 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobarlo mediante un acuerdo regional; Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del Ofi cio N° 2277-2013-GRA/SG, de la Secretaría General, solicita que por Acuerdo Regional se apruebe una Donación Dineraria conforme al detalle señalado en la Carta (ACV-LOG/01- 2012) de fecha 05 de octubre del 2012 y el Informe N° 708- 2013-GRA/ORAJ, que indica que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales y privadas que es el caso se aprueban por Acuerdo Regional y que debe remitirse el expediente al Consejo Regional; Fuente Donante Asociación Civil Cerro Verde Monto en nuevos soles S/ 368 636.20 Donatario Gobierno Regional de Arequipa Destino Servicios de Instalación del Sistema contra Incendio (incluye accesorios), Instalación Sistema Eléctrico (incluye accesorios), Mano de Obra y materiales para la Instalación de la Subestación Eléctrica. Implementación de la Clínica Infantil Tony Molleapaza Rojas. Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley 28411/ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a los provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo Regional, para lo cual debe consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo observar dos formalidades: ((a)) cuando el monto de la donación supera las (05) Unidades Impositivas Tributarias, el Acuerdo Regional aprobatorio debe ser publicado tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en la Página Web institucional; ((b)) cuando el monto de la donación sea inferior a las 05 Unidades Impositivas Tributarias, entonces, el Acuerdo Regional aprobatorio debe publicarse únicamente en la Página Web institucional; en ambos casos dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobado, bajo responsabilidad; Que, por estas consideraciones, y, al amparo de la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde, por la suma de Trescientos sesenta y ocho mil seiscientos treinta y seis con 20/100 nuevos soles (S/ 368 636.20), donación dineraria que será destinada a la Servicios de Instalación del Sistema contra Incendio (incluye accesorios), Instalación Sistema Eléctrico (incluye accesorios), Mano de Obra y materiales para la Instalación de la Subestación Eléctrica en la Implementación de la Clínica Infantil Tony Molleapaza Rojas, el cual está desagregado en el ANEXO N°001 y es parte de la presente norma regional. Segundo.- Encargar la publicación a la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobado el presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, debiendo el Órgano Ejecutivo Regional realizar el pago respectivo. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. JOSÉ CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 959946-1 Modifican el Acuerdo Regional N° 133- 2012-GRA/CR-AREQUIPA que aprueba transferencia financiera a favor de programa subsectorial de irrigaciones del Ministerio de Agricultura ACUERDO REGIONAL Nº 107-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 3 de julio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del Ofi cio Nro. 635-2013-GRA/PR-GGR, hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional, la documentación referida a la Reasignación que se refi ere a una modifi cación de la transferencia fi nanciera a favor del Programa Subsectorial de Irrigaciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Acuerdo Regional N° 133-2012- GRA/CR-AREQUIPA, conforme al detalle señalado en el Ofi cio N° 113-2013-GRA/ORPPOT de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, señalando que el PSI ha solicitado la Reasignación de recursos sobre la Transferencia para el Cofi nanciamiento de los Proyectos de Mejoramiento de la Infraestructura de Riego, en el marco del Convenio N° 147-2008-GRA/PR y el Acuerdo Regional mencionado, debiendo solicitarlo al Consejo Regional; Que, con Ofi cio N° 102-2013-AG-PSI el Director Ejecutivo del programa Subsectorial de Irrigaciones comunica que los proyectos estimados inicialmente a nivel de perfi l, registran ligeras variaciones, con respecto al costo actual a nivel de Expediente Técnico, existiendo un saldo favorable al Gobierno Regional de Arequipa y según Informe N° 171-2013-GRA/ORPPOT la Jefatura de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial precisa que el término reasignación se refi ere a una modifi cación del Acuerdo Regional N° 133-2013-GRA/ CR-AREQUIPA en cuanto a sus montos; Que, estando autorizadas las transferencias de manera excepcional las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, que en este caso han suscrito con el Banco Mundial, celebrado en el marco de la normativa vigente, verificado el informe favorable de la Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, contando con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economía y Finanzas, y correspondiendo al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del ítem 12.1, literal b) del