Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

Confirman Acuerdo de Concejo que rechazo pedido de declaratoria de vacancia presentado contra regidores de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 641-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-0631 MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, cuatro de MORDAZA de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Vergaray contra el Acuerdo de Concejo Nº 07-2013-MPHi/A, del 29 de MORDAZA de 2013, que rechazo el pedido de declaratoria de vacancia presentado en contra de MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Smellin MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de vacancia El 22 de febrero de 2013, MORDAZA MORDAZA Vergaray solicito la declaratoria de vacancia de MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Smellin MORDAZA MORDAZA (fojas 497 a 506), regidores de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). El solicitante alego que los referidos regidores incurrieron en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, al haber conformado una comision de revision de las hojas de MORDAZA de los gerentes y jefes de areas de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, sin que existiera un acuerdo previo del concejo, asumiendo funciones propias de la oficina de personal de la municipalidad. Para acreditar los hechos el solicitante presento, como medios probatorios, las actas de las sesiones ordinarias de concejo en las que, segun senala, no se adopto ningun acuerdo respecto a la comision integrada por los regidores cuestionados, el acta de instalacion de la comision revisora de hojas de MORDAZA y la ficha que elaboro esta comision para calificar al personal designado por el MORDAZA, como gerentes y jefes de las diferentes areas de la municipalidad. Respecto de los descargos presentados por los regidores Los regidores cuestionados presentaron sus descargos contra la solicitud de vacancia el 15 de MORDAZA de 2013, senalando que: a) No ejercieron funcion administrativa alguna, y por el contrario, en ejercicio de su funcion fiscalizadora fueron designados por el MORDAZA provincial para conformar la comision evaluadora de hojas de MORDAZA de gerentes y jefes de area de la referida municipalidad. b) La decision de formar una comision evaluadora de las hojas de MORDAZA de los gerentes y jefes de area fue adoptada por consenso, en las sesiones ordinarias del 5 y 19 de enero, y la sesion del 16 de febrero del 2011, en las que se establecio que los gerentes y jefes de area debian presentar sus hojas de MORDAZA, senalando su ultimo desempeno laboral para evaluacion, y que dicha comision contaria con el apoyo de la secretaria general de la municipalidad. c) El acuerdo les fue comunicado mediante Memorando N.º 005-2011-MPHi/SG, del 4 de febrero de 2011, remitido por el MORDAZA provincial, en el que se designaba como integrantes de la comision a los regidores MORDAZA Aringa MORDAZA (presidente), MORDAZA Ascencios MORDAZA y MORDAZA Loel Zelaya MORDAZA (integrantes). d) En el Informe Nº 001-2011-M-P-Hi-C, que contiene las conclusiones de la evaluacion realizada, los regidores solamente informaron que funcionarios cumplian con los requisitos establecidos en el Manual de Organizacion y

Funciones (en adelante MOF) y cuales no, y recomendaban que deberia ser el MORDAZA quien tomara las decisiones pertinentes. Sobre la posicion del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Tal como consta del acta de sesion extraordinaria, llevada a cabo con fecha 18 de MORDAZA de 2013 (fojas 54 a 57), el concejo municipal de la Municipalidad Provincial de MORDAZA acordo rechazar, por unanimidad, con ocho votos a favor, la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Vergaray, en contra de MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Ascencios MORDAZA, regidores de la referida comuna. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo de Concejo Nº 07-2013-MPHi/A, del 29 de MORDAZA de 2013 (fojas 299 y 300). Sobre el recurso de apelacion El 15 de MORDAZA de 2013 (fojas 315 a 322), MORDAZA MORDAZA Vergaray interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 07-2013-MPHi/A, del 29 de MORDAZA de 2013, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Ascencios MORDAZA, regidores de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, reafirmando los argumentos expuestos en la solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION Conforme a lo MORDAZA expuesto, la materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si los regidores MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Ascencios MORDAZA, incurrieron en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, al haber conformado la comision evaluadora de hojas de MORDAZA de gerentes y jefes de area de la Municipalidad Provincial de Huari. CONSIDERANDOS Sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11, MORDAZA parrafo, de la LOM, senala que: "los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembro de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad (...) la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia del cargo de regidor". 2. Esta disposicion responde a que, de acuerdo con el numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple principalmente una funcion fiscalizadora, encontrandose impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas, en tanto entraria en un conflicto de intereses al asumir un doble papel, el de ejecutar y el de fiscalizar. 3. Es de indicar que por funcion administrativa o ejecutiva se entiende a toda actividad o toma de decision que suponga una manifestacion concreta de la voluntad estatal que esta destinada a producir efectos juridicos sobre el administrado. De ahi que cuando el articulo 11 de la LOM invoca la prohibicion de realizar funcion administrativa o ejecutiva respecto de los regidores, ello implique que dichas autoridades no estan facultadas para la toma de decisiones con relacion a la administracion, direccion o gerencia de los organos que comprenden la estructura municipal, asi como de la ejecucion de sus subsecuentes fines. 4. Conforme a ello, tal como lo senalo este organo colegiado en la Resolucion Nº 184-2013-JNE, de fecha 28 de febrero de 2013, para la configuracion de esta causal se deben acreditar dos elementos: a) que el acto realizado por la autoridad cuestionada constituya una funcion administrativa o ejecutiva; y b) que dicha accion suponga una anulacion o afectacion al deber de fiscalizacion que tiene como regidor. Analisis del caso concreto 5. En este caso se solicita la vacancia de los regidores MORDAZA Aringa MORDAZA y MORDAZA Ascencios MORDAZA, por haber integrado ambos una comision evaluadora de hojas de MORDAZA de gerentes y jefes de las diferentes areas de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, sin que exista un acuerdo previo de concejo.

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