Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2013 (11/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

499126
mitigar los impactos de los acontecimientos extremos como sequias, inundaciones y conflictos sociales; Fortalecer capacidades y promover la cultura del agua en el departamento de La Libertad; Implementar el sistema de comunicacion de los Recursos Hidricos. Que, la "Estrategia Regional para la Gestion de los Recursos Hidricos", constituye el MORDAZA referencial para la interaccion del sector publico y privado y servira como herramienta util que guiara el MORDAZA de transicion desde un manejo sectorial y desarticulado del agua, hacia una gestion integrada e institucionalizada donde se desarrollan mecanismos coherentes con la participacion activa de las instituciones publicas y privadas dentro de un esquema de seguridad juridica. Por otro lado, tomando en cuenta las condiciones socio-economicas que presenta el MORDAZA con la descentralizacion en marcha y la transferencia de funciones a las regiones, es condicion indispensable implementar un MORDAZA de empoderamiento y divulgacion de la presente Estrategia, a fin de motivar el interes de los diversos actores en tema de Recursos Hidricos y lograr los consensos y compromisos necesarios para su puesta en ejecucion en los diversos niveles de gobierno. Que, asimismo, la aprobacion de la "Estrategica Regional para la Gestion de los Recursos Hidricos" nos permitira formular normas y politicas regionales para mejorar la eficiencia en el uso sostenible de los Recursos Hidricos en la Region La Libertad. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado. HA APROBADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL VISTO:

El Peruano Jueves 11 de MORDAZA de 2013

En Sesion Ordinaria de fecha 7 de MORDAZA de 2013, el Dictamen de la Comision Ordinaria de Energia, Minas e Hidrocarburos sobre el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a derogar la Ordenanza Regional Nº 008-2007GR-LL/CR y su Reglamento, la Ordenanza Regional Nº 010-2008-GR-LL/CR y su Reglamento, Decreto Regional Nº 001-2009-GR-LL-PRE; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, en el mismo sentido, el Articulo 13º del texto normativo MORDAZA mencionado, dispone que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2007-CRLL/CR y su Reglamento, se declara al Cianuro de Sodio, MORDAZA y Carbon Activado como sustancias fiscalizadas en actividades relacionadas con operaciones minero metalurgicas, en el ambito del Gobierno Regional de La Libertad. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2008CR-LL/CR y su Reglamento, Decreto Regional Nº0012009-GR-LL-PRE, se procura como finalidad establecer el ordenamiento para la Comercializacion, Transporte y Beneficio de Minerales de la mineria artesanal y pequena mineria en el ambito jurisdiccional del Gobierno Regional de La Libertad. Que, el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1103, "Medidas de control y fiscalizacion en la distribucion, transporte y comercializacion de insumos quimicos que puedan ser utilizados en la mineria ilegal" publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del 2012, senala que la SUNAT controlara y fiscalizara el ingreso, permanencia, transporte o traslado y salida de insumos quimicos asi como la distribucion, hacia y desde el territorio aduanero y en el territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de otras entidades del Estado, de conformidad con la legislacion vigente. Que, el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1105, "Disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal", publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de MORDAZA del 2012, parte pertinente, senala que el MORDAZA de formalizacion se considerara iniciado con la MORDAZA de la referida declaracion de compromiso, lo que permite al solicitante encontrarse en MORDAZA de formalizacion. Que, a traves del Decreto Supremo 012-2012-EM, se otorga encargo especial a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. las facultades para fortalecer el MORDAZA de formalizacion asi como para emitir disposiciones referidas a la comercializacion del oro proveniente de pequenos productores mineros y mineros artesanales. Que, con el MORDAZA proposito de procurar ordenar legalmente el acelerado crecimiento de las actividades de la pequena mineria y la mineria artesanal en el territorio nacional, incentivando la formalizacion, promocion y desarrollo de las mismas, el Estado promulgo el 24 de enero del 2002, la Ley Nº 27651, Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y Mineria Artesanal,

Articulo Primero.- APROBAR la Estrategia Regional para la Gestion de los Recursos Hidricos en La MORDAZA, elaborada por la Comision Tecnica Regional de Conservacion y Uso Sostenible de los Recursos Hidricos de La MORDAZA, y remitida por la Gerencia Regional del Ambiente del Gobierno Regional de La MORDAZA, mediante Oficio N° 1102013-GRLL-GGR/GRAMB, de fecha 20 de marzo del 2013; la cual consta de Siete Capitulos, contenidos en setenta folios en total, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional N° 022-2008-GR-LL/ CR, de fecha 14 de MORDAZA del 2008. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano" y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, a 06 MAY. 2013. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

959961-1

Derogan la Ordenanza Regional Nº 008-2007-GR-LL/CR y su Reglamento; la Ordenanza Regional Nº 010-2008-GRLL/CR y su Reglamento, Decreto Regional Nº 001-2009-GR-LL-PRE
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2013-GR-LL/CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.