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El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499206 Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje del señor Omar Amed del Carpio Rodríguez, Especialista en Metodología y Estudios Prospectivos de la Dirección Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos; y, las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Omar Amed del Carpio Rodríguez, Especialista en Metodología y Estudios Prospectivos de la Dirección Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, del 13 al 18 de julio de 2013, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, conforme al siguiente detalle: Pasaje en tarifa económica (incluido TUUA): US$ 4,137.43 Viáticos (2 días del evento + 1 día de instalación) US$ 1,500.00 TOTAL US$ 5,637.43 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el Artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Esta Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 962015-1 Autorizan el viaje de Presidente y funcionaria del CEPLAN a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 223-2013-PCM Lima, 12 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN ha sido invitado a participar en la Reunión de la Red de Consejos Económicos y Sociales de la América Latina y el Caribe (CESAL) a realizarse en la ciudad de Brasilia, Brasil, del 17 al 19 de julio de 2013; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como organismo técnico especializado que ejerce la función de órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, debe conceder la mayor importancia a las relaciones de colaboración y acuerdo entre los sectores público y privado que debe promover por mandato de su ley de creación, en el proceso de formulación de los planes estratégicos nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales, así como en la ejecución de programas y proyectos priorizados en esos ámbitos para asegurar el desarrollo nacional y la mejora constante de la competitividad en el país; Que, el citado evento permitirá debatir temas relevantes con impacto en América Latina y el Caribe y dará a conocer la dinámica de los Consejos Económicos y Sociales de la América Latina y el Caribe - CDES, formas de organización, plan regional de trabajo, y experiencia comparada del Consejo Europeo; Que, con esta fi nalidad es necesaria la participación del Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN y de la Directora Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos en el evento citado, a fi n de intercambiar conocimientos y experiencias en la articulación del Estado y las organizaciones de la sociedad civil para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de Derecho; Que, los gastos de participación del señor Carlos Antonio Anderson Ramirez, Presidente del Consejo Directivo de CEPLAN, referidos a los conceptos de traslado aéreo y alojamiento serán cubiertos por el Banco Mundial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Antonio Anderson Ramírez - Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, y de la señorita Shirley Magaly Andrade Culqui - Directora Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos del citado organismo técnico especializado, del 16 al 20 de julio de 2013, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Disponer que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema sean cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, conforme al siguiente detalle: CARLOS ANTONIO ANDERSON RAMIREZ - Viáticos (por 3 días) US$ 555.00 SHIRLEY MAGALY ANDRADE CULQUI - Pasaje en tarifa económica (incluido TUUA): US$ 1,898.26 - Viáticos (por 3 días + gastos de instalación y traslado) US$ 1,480.00 -------------------- TOTAL US$ 3,933.26 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas a que se refi ere el artículo primero, deberán presentar ante su institución un informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuenta documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 962015-2