Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499219 de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- El citado Ofi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 962014-2 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Australia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 346-2013-DE/MGP Lima, 12 de julio de 2013 Visto, el Ofi cio P.200-1018 del Director General del Personal de la Marina de fecha 28 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Secretaría de la División de Estadística de las Naciones Unidas (DESA), ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para participar de la III Sesión del Comité de Expertos en Manejo de Información Geoespacial Global de las Naciones Unidas (UN-GGIM), a realizarse en la ciudad de Cambridge, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 24 al 26 de julio de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que participe en la mencionada Reunión; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representación Nacional ante Organismos Internacionales, Ítem 21, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013- DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Roberto Rafael PEREZ Medina, para que participe en la III Sesión del Comité de Expertos en Manejo de Información Geoespacial Global de las Naciones Unidas (UN-GGIM), a realizarse en la ciudad de Cambridge, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 24 al 26 de julio de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fi n de prever la participación del Personal Naval designado en las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como su retorno DOS (2) días después, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Roberto Rafael PEREZ Medina, CIP. 01801764, DNI. 09380174, para que participe en la III Sesión del Comité de Expertos en Manejo de Información Geoespacial Global de las Naciones Unidas (UN-GGIM), a realizarse en la ciudad de Cambridge, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 24 al 26 de julio de 2013; así como, autorizar su salida del país el 22 y su retorno el 28 de julio. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$ 2,030.00 US$ 2,030.00 Pasajes Terrestres: Londres - Cambridge - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) US$ 150.00 US$ 150.00 Viáticos: US$ 540.00 x 3 días US$ 1,620.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 3,800.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 962014-3