Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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y 00/100 Nuevos Soles (S/. 221,800.00) en el ano 2010 y Ciento Cincuenta y Un Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles S/. 151,900.00 en el ano 2011, respectivamente, no habiendo rendido cuenta documentada; Que, la nueva CPPAD asevera que debe tenerse presente que la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007EF/77.15, respecto al encargo establece en el numeral 40.2 del articulo 40º que "El uso de esta modalidad debe regularse mediante Resolucion del Director General de Administracion o de quien haga sus veces, estableciendose que, para cada caso, se realice la descripcion del objeto del "Encargo", los conceptos del gasto, sus montos maximos, las condiciones a que deben sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser realizadas y el tiempo que tomara el desarrollo de las mismas, senalando el plazo para la rendicion de cuentas debidamente documentada, la que no debe exceder los tres (3) dias habiles despues de concluida la actividad materia del encargo (...)"; Que. la nueva CPPAD considera que a traves de las citadas conductas, el servidor MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, habria incumplido con lo dispuesto por el numeral 5º del articulo 7º de la Ley Nº 27815 ­ Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica sobre uso Adecuado de los Bienes del Estado, que establece como deber del servidor publico proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propositos que no MORDAZA aquellos para los cuales hubieran sido especificamente destinados; asimismo, habria incumplido, lo dispuesto por el numeral 6º del citado articulo que establece como deberes de la funcion publica la Responsabilidad, senalando que todo servidor debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica; Que, asimismo, la nueva CPPAD considera que, los senores MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormeno Casanova, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gianinna Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, habrian incumplido con lo dispuesto por el numeral 5º del articulo 7º de la Ley Nº 27815 ­ Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica sobre uso Adecuado de los Bienes del Estado, que establece como deber del servidor publico proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propositos que no MORDAZA aquellos para los cuales hubieran sido especificamente destinados; Que, la nueva CPPAD ha senalado que la conducta de los servidores CAS, se constituirian en una prueba fehaciente, que estos no habrian actuado con diligencia en el cumplimiento de las funciones encomendadas; Que, se considera falta disciplinaria a toda accion u omision voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normas que regulan los deberes de los servidores del Estado; Que, por los fundamentos expuestos y de los documentos que han sido materia de analisis, se colige que existen indicios razonables de la comision de una falta disciplinaria de naturaleza grave, la misma que debe ser evaluada; Que, en consecuencia, la nueva CPPAD opina que la conducta desarrollada por los servidores en el ejercicio de sus labores, MORDAZA descritas, constituyen faltas graves que contravienen la normatividad que regula los deberes y obligaciones a que estan sujetos los servidores del Estado, y que deberan ser evaluadas mediante MORDAZA Administrativo Disciplinario; De conformidad con la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario en el Ministerio de Agricultura aprobado por Resolucion Ministerial Nº 3222006-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar No Haber Merito para instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los servidores

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Jhuliana Seijas MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, disponiendose el archivamiento de los actuados, en dicho extremo. Articulo 2.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los servidores CAS MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormeno Casanova, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3.- Disponer la notificacion de la presente Resolucion a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Jhuliana Seijas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormeno Casanova, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, en el plazo establecido en el articulo 49 del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario en el Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 322-2006-AG. Articulo 4.- Conceder el plazo de cinco (05) dias habiles a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, a fin que los servidores MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormeno Casanova, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, presenten sus descargos por escrito y las pruebas que estimen conveniente para su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo 5.- Remitir el presente Expediente y MORDAZA de la presente Resolucion a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Registrese y comuniquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura 961229-1

Encargan la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0252-2013-MINAGRI MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, es necesario encargar la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0238-2013AG de fecha 25 de junio de 2013, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura modificado por la Ley N° 30048, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura y Riego al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Remy. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 962010-1

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