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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499212 2 PRODUCCION 2.1 Registro de productores de semillas y plantones Los productores de semillas y plantones de café deberán inscribirse en el Registro de Productores de Semillas que conduce la Autoridad en Semillas, acorde a lo establecido en el Artículo 19º del Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por D.S. 006-2012-AG. 2.2 Recomendaciones para la producción de semillas y plantones de café En el Anexo 1 se presentan las recomendaciones a considerar para la producción de semillas y plantones de café. 3 COMERCIALIZACION 3.1 Declaración de Comerciantes de Semillas y Plantones de café Los comerciantes de semillas y plantones de café deberán declarar su actividad ante la Autoridad en Semillas de acuerdo a lo establecido en el artículo 49º del Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por D.S. 006-2012-AG. 3.2 Estándares de calidad: Semilla sexual SEMILLA SEXUAL DE CAFÉ 3.2.1 Peso máximo de lote 20 000 kilos (veinte mil kilos) 3.2.2 Semilla pura (% mínimo) 98% (noventa y ocho por ciento) 3.2.3 Materia inerte (% máximo) 2% (dos por ciento) 3.2.3.1 Presencia de broca 0% (cero por ciento) 3.2.4 Determinación de otras semillas en numero 3.2.4.1 Semillas de otras especies 5 (cinco) 3.2.5 Germinación o viabilidad con tetrazolio (% mínimo) 70% (setenta por ciento) 3.2.6 Envasado Deberán usarse bolsas resistentes de papel, aluminio o de polietileno, que permitan la conservación de las semillas. También pueden utilizarse recipientes de plástico duro o metal para tal fi n. 3.2.7 Etiquetado En cuanto al etiquetado, cada bolsa o recipiente debe tener una etiqueta de color amarillo adherida al envase, con la siguiente información: a. Nombre o razón social del productor b. Número de registro c. Especie d. Cultivar e. Fecha de cosecha f. Clase no-certifi cada, sólo cuando no ha sido sometida a certifi cación. g. Peso neto de acuerdo al Sistema Internacional de Pesos y Medidas o indicar el numero de semillas que contiene h. Código de lote i. Fecha de análisis de calidad j. Pureza física k. Porcentaje de germinación y/o viabilidad con tetrazolio l. Tratamiento realizado, indicando el nombre del producto y dosis empleada m. Fecha de envasado; y n. Condiciones para su almacenamiento. o. Lugar de Producción: Departamento, Provincia y Distrito 3.3 Vigencia del etiquetado La vigencia del etiquetado es de 4 meses, se podrá realizar el reetiquetado previo muestreo y análisis. 3.4 Ejecución de Muestreo y Análisis de Calidad a. El muestreo de lotes de semillas será realizado por Muestreadores Autorizados. b. El análisis de calidad de semillas de café se realizaran en el Laboratorio Ofi cial de Análisis de Semillas o un Laboratorio Autorizado. 3.5 Estándares de calidad: Plantones PLANTONES DE CAFÉ 3.5.1 Condiciones a. La entrega de los plantones para su trasplante a campo defi nitivo se realizará cuando éstos tengan un adecuado nivel de desarrollo vegetativo. b. Los plantones deben contar con al menos tres pares de hojas, cuando desarrollaron en tubetes, o con cuatro, cuando desarrollaron en bolsas de polietileno. c. El tallo y la raíz deben ser rectos, no deben estar torcidos o dañados. d. Al momento de la comercialización, las raíces no deben haber llegado al fondo del contenedor. Y deben estar sanas, y no presentar agallas o abultamientos. e. El follaje debe tener un color verde intenso, sin decoloraciones, amarillamientos, o síntomas de defi ciencias nutricionales. f. El tallo y las hojas deben estar sanas, y no presentar signos o síntomas de enfermedades, ni de daños ocasionados por plagas. 3.5.2 Contenedores No se podrán comercializar plantones a raíz desnuda, sin contenedores individuales, éstos podrán crecer en bolsas de polietileno o en tubetes. 3.5.3 Etiquetado Los plantones deberán tener una etiqueta amarilla que las identifi que plenamente. Si se entregan en jabas, éstas deberán tener una etiqueta adherida. En el caso de la entrega de un lote, bastará con que el productor o comercializador haga entrega de una declaración jurada que contenga la información equivalente. Las etiquetas o declaración jurada de los lotes de plantones deberán indicar lo siguiente: a. Nombre del productor o del vivero b. Nº Registro de Productor c. Especie, d. Cultivar de café, e. Clase No Certifi cada f. Código del lote de producción, g. Edad del plantón, h. Fecha de repique i. Resultado y fecha de la inspección visual simple y confi rmando sanidad del plantón para su venta j. Lugar de producción: Departamento, Provincia y Distrito 4 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 4.1 Compra de fruto o semilla a un productor de semilla sexual de café En el caso de compra de fruto o semilla a un productor de semillas sexual de café, destinada al uso propio, el productor deberá garantizar el porcentaje mínimo de germinación mediante una declaración jurada, y entregar información del lote de semilla sexual al comprador (equivalente a la proporcionada en la etiqueta, a excepción del porcentaje de germinación). En este caso, el productor esta exonerado del secado, envasado y almacenamiento de la semilla. ANEXO 1 RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE SEMILLAS Y PLANTONES DE CAFÉ I. SEMILLAS DE CAFÉ 1.1 Selección de lotes de cafetales para la obtención de Semilla Los lotes de cafetal deben reunir las condiciones siguientes: a. Estar instalado en una zona agroecológica favorable al cultivo, generalmente sobre los 1.200 msnm, b. Presentar un buen estado de desarrollo, nutricional y fi tosanitario. c. Contar con registros de producción que demuestren altos rendimientos. d. Tener una superfi cie mínima de 0.25 hectárea, e. Ausencia de de mezcla varietal a fi n de garantizar la pureza genética. f. Estar separado de otros cafetales por barreras vivas densas de otras especies. g. Tener entre cuatro años de edad y diez 10 años de edad. 1.2 Selección de plantas madre para la obtención de semilla de café La selección de una planta madre de café debe utilizar los siguientes criterios: a. Cultivar o Variedad, b. Arquitectura de la planta, c. Vigorosidad, d. Estado sanitario, e. Crecimiento y fructifi cación, f. Conformación de los frutos g. Calidad de los frutos, h. Precocidad. i. Productividad j. Ubicación dentro del lote (aislamiento mínimo: 3 metros del borde, o 01 surco). 1.3 Recolección de frutos a. La cosecha de debe realizarse en plantas con más de cuatro años de edad. b. Realizar la recolección de los frutos durante la cosecha plena (a partir de la segunda pasada)