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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2013 (16/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Martes 16 de julio de 2013 499463 En el caso concreto, se aprecia del recurso de apelación (fojas 25 a 28), que el apelante Pablo Francisco Quino Cueva, acreditado como personero legal de la regidora Dora Margarita Monier Morillas, se atribuye la representación del alcalde Fernando Julio Bazán Pinillos y de los regidores Lorenzo Rufi no Santisteban Carril, Candy Milagros Yesquén Bances, Gonzalo Augusto Alejandro de la Guerra Prelle, Manuel Fernando Vera Calmet, Martha Mabel Vergara Sánchez y Pedro Zócimo Vílchez Sandoval, e impugna la resolución que se pronuncia sobre las observaciones realizadas por la ODPE que afectan no solo a su representada, sino a las autoridades en consulta restantes. 8. Atendiendo a lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral considera que el hecho de que la apelación haya sido formulada por un personero legal a favor de autoridades a quienes no representa, importa falta de legitimidad para obrar respecto a esas restantes siete autoridades. En consecuencia, se ha incurrido en error al conceder el recurso de apelación en dicho extremo, el que debe ser declarado improcedente por falta de legitimidad del personero recurrente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar NULA la Resolución Nº 001, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, en el extremo en que concede el recurso de apelación a favor de las autoridades que no lo han acreditado como personero, e IMPROCEDENTE, en dicho extremo, el recurso de apelación formulado por Pablo Francisco Quino Cueva, personero legal de Dora Margarita Monier Morillas. Artículo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación, en el extremo referido a la regidora Dora Margarita Monier Morillas, y CONFIRMAR la Resolución Nº 001, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, en el extremo en que se pronunció sobre la observación que afectaba a la regidora Dora Margarita Monier Morillas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO VELARDE URDANIVIA SAMANIEGO MONZÓN Secretario General 962472-6 JEE ANTE EL QUE SE ACREDITÓ DISTRITO AUTORIDAD PERSONERO ACREDITADO TIPO PERSONERO PRESENTACIÓN EXPEDIENTE RESOLUCIÓN FECHA DE RESOLUCIÓN JEE TRUJILLO HUANCHACO DORA MARGARITA MONIER MORILLAS PABLO FRANCISCO QUINO CUEVA PERSONERO LEGAL TITULAR 02/07/2013 00040-2013- 020 RESOLUCIÓN N.º 002- JEE TRUJILLO/ JNE 04/07/2013 HUANCHACO DORA MARGARITA MONIER MORILLAS LUIS ANDRES RIVERA GARCIA PERSONERO TÉCNICO TITULAR 02/07/2013 00040-2013- 020 RESOLUCIÓN N.º 002- JEE TRUJILLO/ JNE 04/07/2013 HUANCHACO FERNANDO JULIO BAZÁN PINILLOS NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO LORENZO RUFINO SANTISTEBAN CARRIL NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO CANDY MILAGROS YESQUÉN BANCES NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO GONZALO AUGUSTO HERNANDO ALEJANDRO DE LA GUERRA PRELLE NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO PEDRO ZÓCIMO VÍLCHEZ SANDOVAL NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO MANUEL FERNANDO VERA CALMET NO ACREDITÓ PERSONEROS HUANCHACO MARTHA MABEL VERGARA SÁNCHEZ NO ACREDITÓ PERSONEROS GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 455 Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para el Año Fiscal 2013 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 080-2013-CR /GRM Fecha: 20 de junio del 2013 VISTO: En Sesión Extraordinaria Nro. 11-2013, del Consejo Regional de Moquegua de fecha 20 de Junio del 2013, el Dictamen Nº 019-2013-COPPOT-CR/GRM, presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley Nº 28607, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción del Departamento de Moquegua, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 070- 2013-CR/GRM, del 31 de Mayo del 2013, se autoriza al Presidente del Gobierno Regional de Moquegua a solicitar un préstamo del Banco de la Nación hasta por la suma de S/15’000,000.00 Nuevos Soles, para ser cancelado en un plazo de 60 días, con el objeto de destinarlo exclusivamente en los proyectos de inversión especifi cados en el artículo primero del Acuerdo en mención.