Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

500293
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE IMPERIAL - CANETE POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL - CANETE: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo llevada a cabo el 26 de Diciembre del 2012 se trato el Informe Legal Nº 279-2012/OAJ.-MDI, de fecha 14 de Diciembre del 2012, del Jefe de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 36.1 del Articulo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, senala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente en el caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, TUPA; Que, el Articulo 37 del referido cuerpo legal, senala que todas las Entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion, segun el caso, de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA, el cual comprende, entre otros, los procedimientos de iniciativa de parte, la descripcion de los requisitos, la calificacion de los procedimientos (aprobacion automatica o evaluacion previa), asi como los supuestos en los que procede el pago de derechos de tramitacion, con indicacion de su monto y forma de pago, expresado con relacion a la UIT; Que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestion publica que compila los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que regula y brinda una Entidad Publica. Este documento debe estar a disposicion de los Ciudadanos de acuerdo a Ley, a fin que estos puedan hacer gestiones que consideren pertinentes en igualdad de condiciones y con suficiente informacion; Que el Articulo 38 de la misma Ley, establece que el MORDAZA se aprueba por Ordenanza Municipal, para el caso de Municipalidades, las mismas que se encuentran obligadas a publicar el integro del mismo cada 2 (dos) anos; Que, el Articulo 66º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, define las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley; Que en el caso de la Municipalidad Distrital de Imperial, a traves de la Ordenanza Municipal Nº 010-2000-MDI, publicada el 27 de Junio del 2000, en el Diario Oficial de la localidad, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM se disponen lineamientos destinados a modificar los TUPA's de las Entidades del Sector Publico y por Leyes Nº 28976 y Nº 29060 se dictan disposiciones referidas al otorgamiento de Licencias de Funcionamiento y aplicacion del Silencio Administrativo que deben ser incluidas en el TUPA; Que, bajo este contexto y del analisis de los elementos que comprende el proyecto del MORDAZA presentado por la Comision Encargada de la elaboracion del MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Imperial, se tiene que los requisitos, la base legal, costos, calificacion, y aprobacion de los procedimientos del MORDAZA se encuentran adecuados con lo normado por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, La Ley Nº 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General,

del reciclaje, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo adecuado para el reaprovechamiento de los residuos solidos en el pais; Que, el articulo 24º del reglamento de la Ley Nº 29419, aprobado mediante Decreto Supremo Nº005-2010-MINAM, senala que las Municipalidades Distritales y Provinciales, segun corresponda, promueven la formalizacion de organizaciones de recicladores con personeria juridica, quienes deben cumplir con los aspectos tecnicos establecidos en dicho Reglamento, y que deben incorporarse al Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos a cargo de la Municipalidad; Que, el articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 29419 plantea la aprobacion del MORDAZA Normativo Municipal en cuanto a su elaboracion y aprobacion de una Ordenanza que complemente los aspectos legales, tecnicos, administrativos y operativos para la formalizacion de recicladores, conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento MORDAZA mencionado; Que, resulta necesario incorporar en la gestion de residuos solidos a los segregadores de residuos solidos, por lo que se debe normar la actividad de recoleccion selectiva de residuos solidos reciclables, toda vez que esta accion contribuye con el MORDAZA de la gestion ambiental, favoreciendo la utilizacion y la reutilizacion de materiales con fines de preservacion y uso racional de recursos naturales; De conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la precitada MORDAZA, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE LA FORMALIZACION DE LOS SEGREGADORES DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE CHANCAY Articulo Primero.- APROBAR la ORDENANZA QUE ESTABLECE LA FORMALIZACION DE LOS SEGREGADORES DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE CHANCAY, la misma que consta de dos (02) Capitulos, dieciseis (16) articulos, asi como siete (07) disposiciones finales que en anexo forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y de su Anexo en el MORDAZA Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el articulo 44º inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Articulo Tercero.- FACULTESE al MORDAZA Distrital para que mediante Decreto de Alcaldia dicte Disposiciones Complementarias, necesarias para su cumplimiento. Articulo Cuarto.-DEROGUESE toda disposicion que contravenga la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- PRECISESE que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A.ALVAREZ MORDAZA MORDAZA

967784-3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Imperial
(Se publica la presente Ordenanza Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, solicitado mediante Oficio Nº 401-2013-ALC-MDI, recibido el 26 de MORDAZA de 2013)

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2012-MDI Imperial, 26 de diciembre del 2012

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