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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2013 (28/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500293 del reciclaje, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo adecuado para el reaprovechamiento de los residuos sólidos en el país; Que, el artículo 24º del reglamento de la Ley Nº 29419, aprobado mediante Decreto Supremo Nº005-2010-MINAM, señala que las Municipalidades Distritales y Provinciales, según corresponda, promueven la formalización de organizaciones de recicladores con personería jurídica, quienes deben cumplir con los aspectos técnicos establecidos en dicho Reglamento, y que deben incorporarse al Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos a cargo de la Municipalidad; Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 29419 plantea la aprobación del Marco Normativo Municipal en cuanto a su elaboración y aprobación de una Ordenanza que complemente los aspectos legales, técnicos, administrativos y operativos para la formalización de recicladores, conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento antes mencionado; Que, resulta necesario incorporar en la gestión de residuos sólidos a los segregadores de residuos sólidos, por lo que se debe normar la actividad de recolección selectiva de residuos sólidos reciclables, toda vez que esta acción contribuye con el proceso de la gestión ambiental, favoreciendo la utilización y la reutilización de materiales con fi nes de preservación y uso racional de recursos naturales; De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la precitada norma, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA FORMALIZACIÓN DE LOS SEGREGADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE CHANCAY Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA QUE ESTABLECE LA FORMALIZACIÓN DE LOS SEGREGADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE CHANCAY, la misma que consta de dos (02) Capítulos, dieciséis (16) artículos, así como siete (07) disposiciones fi nales que en anexo forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y de su Anexo en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía dicte Disposiciones Complementarias, necesarias para su cumplimiento. Artículo Cuarto.-DERÓGUESE toda disposición que contravenga la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A.ALVAREZ ANDRADE Alcalde 967784-3 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial (Se publica la presente Ordenanza Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, solicitado mediante Ofi cio Nº 401-2013-ALC-MDI, recibido el 26 de julio de 2013) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2012-MDI Imperial, 26 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE IMPERIAL - CAÑETE POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL - CAÑETE: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo llevada a cabo el 26 de Diciembre del 2012 se trató el Informe Legal Nº 279-2012/OAJ.-MDI, de fecha 14 de Diciembre del 2012, del Jefe de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 36.1 del Artículo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente en el caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA; Que, el Artículo 37 del referido cuerpo legal, señala que todas las Entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA, el cual comprende, entre otros, los procedimientos de iniciativa de parte, la descripción de los requisitos, la califi cación de los procedimientos (aprobación automática o evaluación previa), así como los supuestos en los que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago, expresado con relación a la UIT; Que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestión pública que compila los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que regula y brinda una Entidad Pública. Este documento debe estar a disposición de los Ciudadanos de acuerdo a Ley, a fi n que éstos puedan hacer gestiones que consideren pertinentes en igualdad de condiciones y con sufi ciente información; Que el Artículo 38 de la misma Ley, establece que el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, para el caso de Municipalidades, las mismas que se encuentran obligadas a publicar el íntegro del mismo cada 2 (dos) años; Que, el Artículo 66º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, define las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley; Que en el caso de la Municipalidad Distrital de Imperial, a través de la Ordenanza Municipal Nº 010-2000-MDI, publicada el 27 de Junio del 2000, en el Diario Ofi cial de la localidad, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM se disponen lineamientos destinados a modifi car los TUPA’s de las Entidades del Sector Público y por Leyes Nº 28976 y Nº 29060 se dictan disposiciones referidas al otorgamiento de Licencias de Funcionamiento y aplicación del Silencio Administrativo que deben ser incluidas en el TUPA; Que, bajo este contexto y del análisis de los elementos que comprende el proyecto del TUPA presentado por la Comisión Encargada de la elaboración del Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Imperial, se tiene que los requisitos, la base legal, costos, califi cación, y aprobación de los procedimientos del TUPA se encuentran adecuados con lo normado por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, La Ley Nº 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General,