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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2013 (28/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500280 Artículo Quinto.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal de la Municipalidad Distrital de Bellavista. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 968011-1 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban la Directiva Nº 003-GAT/ MDLP “Manual de Procedimientos de Fiscalización Tributaria de Inmuebles en el Distrito” RESOLUCION GERENCIAL Nº 442-2013-GAT-MDLP La Perla, 22 de julio del 2013 Visto, que es necesario crear y aprobar un Manual de Procedimientos de Fiscalización Tributaria de inmueble en el Distrito de La Perla Callao. CONSIDERANDO: Que, el Art. 39 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Gerencias resuelvan los aspectos administrativos a su cargo, a través de Resoluciones y Directivas. Que, el objeto de la Directiva es normar los procedimientos que regulan las labores de Fiscalización Tributaria llevadas a cabo por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de La Perla, teniendo como fi nalidad el determinar y registrar cualitativa y cuantitativamente los procesos de fi scalización tributaria. Que, conforme a lo establecido con el Código Tributario cuyo Texto Único ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece en su Art. 61º que la determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fi scalización o verifi cación por la Administración tributaria, la que podrá modifi carla cuando constata la omisión o inexactitud en la información proporcionada, asimismo el Art. 62º del referido Cuerpo Legal establece que la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria se ejerce en forma discrecional o de acuerdo a lo establecido en el último párrafo de la Norma IV del Título Preliminar. Que, de acuerdo a Ley corresponde a la Municipalidad como administración, realizar la Fiscalización Tributaria de todos aquellos sujetos afectos al pago de tributos dentro de su jurisdicción, así como el trámite de fi scalización adecuado. Que, con Informe Nº 105-2013-SGFT-GAT-MDLP, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, consideró efectuar algunos cambios en la Directiva para su mejor aplicación. Que, con Memorándum Nº 069-2013-SGPYP-GPYP- MDLP la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización indica que, de la revisión efectuada al Proyecto de la Directiva denominada “Manual Práctico del Procedimiento de Fiscalización Tributaria”, se determina Procedente ya que cumple con las especifi caciones técnicas correspondientes. Que, mediante Memorándum Nº 540 -2013-GAJ-MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente y da su conformidad por encontrar la presente Directiva de acuerdo a lo normado en el Texto Único Ordenado del Código Tributario, Ley de Tributación Municipal, a la Ley Orgánica de Municipalidades, y al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Perla, asimismo, por constituir documento de gestión de vital importancia para la orientación técnico-normativo de las actividades y tareas a realizarse en las diversas fases del proceso y ejecución de los programas de fi scalización tributaria orientados a la captación de mayores recursos, y tener actualizada la Base de Datos Tributaria con la información real del predio. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 003- GAT/MDLP “Manual de Procedimientos de Fiscalización Tributaria de Inmuebles en el Distrito”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Norma Municipal, la cual surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto integro de la Directiva Nº 003-GAT/MDLP en la página web de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. muniperla.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Directiva a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Registrese, comuníquese publíquese y cúmplase. MARTHA PATRICIA ROJAS CHAMBERGO Gerente 967694-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Establecen Cuadro de Valores Unitarios de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 17-2013/MDV Ventanilla, 5 de junio de 2013 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesión de Concejo Municipal, de 5 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, señala que, las instalaciones fi jas y permanentes serán valorizadas por el contribuyente de acuerdo a la metodología aprobada en el Reglamento Nacional de Tasaciones y de acuerdo a lo que establezca el reglamento, y considerando una depreciación de acuerdo a su antigüedad y estado de conservación. Dicha valorización está sujeta a fi scalización posterior por parte de la Municipalidad respectiva. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala en el último párrafo del artículo 14º que, la actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 241-2012- VIVIENDA de fecha 29 de octubre de 2012, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ha aprobado los Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi cación para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva, así como los Valores Unitarios a costo directo de algunas Obras Complementarias