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El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500289 en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia; Que, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. Mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, mediante los Ofi cio Nº 067-2013-ALC/MDI de fecha 04 de febrero del 2013, la Municipalidad Distrital de Imperial, solicita ratifi cación del Texto Único de Procedimiento Administrativo –TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial Cañete, aprobada en Sesión de Concejo de fecha 26 de diciembre del 2012 y la estructura de costos respectivos en cumplimiento de los Decretos Supremo Nº 064-2010-PCM y Nº 007-2011-PCM, a fi n de que pueda ser aprobada su ratifi cación por el Pleno del Concejo Provincial de Cañete; Que, mediante Informe Nº 035-2013-SGPP-MPC de fecha 08 de febrero del 2013, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que se ha realizado la revisión de los formatos del TUPA y de la elaboración de los cuadros anexos para determinar los costos de los procedimientos y observa que se han realizado acorde con los nuevos cambios contenidos en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM se aprueba el formato del Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA), estableciendo precisiones para su aplicación. Así también, mediante Decreto Supremo Nº 064- 2009-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, se efectuó la revisión del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) por las diversas áreas administrativas, formulando sus observaciones las que posteriormente fueron subsanadas por la Municipalidad recurrente, por lo que debe procederse a su ratifi cación; Que, mediante Informe Legal Nº 243-2013-AJ-MPC de fecha 22 de julio del 2013, la Asesoría Legal opina que es factible ratifi car la Ordenanza Nº 014-2013-MDI “Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial”; así también, con Dictamen Nº 006- 2013-CPEA-MPC la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración Municipal dictamina emitir opinión favorable respecto a ratifi car la Ordenanza Nº 014-2012- MDI que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial, con las rectifi caciones que contiene el expediente y en cumplimiento del Art. Nº 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, derivándose al Pleno del Concejo para su deliberación; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoritario de los señores regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- Ratifi car la Ordenanza Nº 014-2012- MDI, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial, por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa del presente Acuerdo. Artículo 2º.- Encargar a la Municipalidad Distrital de Imperial efectúe la publicación de los actos administrativos correspondientes, para su aplicación. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaria General el diligenciamiento correspondiente, notifi cando el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Imperial, a las unidades orgánicas de la municipalidad y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 967887-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Aprueban Reglamento de Fiscalización e Infracciones al Transporte Público en la provincia de Pataz ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013-MPP-T Tayabamba, 3 de julio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de junio del 2013; el Informe Nº 072-2013-MPP-T/ GM-LSS, de fecha 17 de junio del presente año, emitido por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 0042-2013- MPP/GDUR/DTySV, emitido por el Jefe de la División de Transportes y Seguridad de Vial; y, CONSIDERANDO: El Artículo 81º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como función específi ca exclusiva de las Municipalidades Provinciales la de normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción de conformidad a las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia, imposibilitando de esta manera a las Municipalidades a regular las tarifas de los pasajes. Es política de la actual gestión municipal procurar la actualización y modernización de la administración y control del servicio de transporte y tránsito terrestre de la provincia de Pataz a efectos de satisfacer las necesidades en nuestra población de este servicio, fi scalizando sus condiciones de prestación en cuanto a calidad, idoneidad y seguridad del servicio. En la actualidad muchos conductores o propietarios de vehículos motorizados incumplen las normas de tránsito vehicular, incurriendo en infracciones por conducción a los dispositivos de control, de seguridad, contaminación al medio ambiente y otros; generando desorden en la circulación Vehicular dentro de la ciudad; Es ineludible implementar sanciones y/o multas de acuerdo a la realidad de la provincia de Pataz, a los diversos conductores de vehículos motorizados u operadores del transporte terrestre que infringen el reglamento de tránsito y transporte, poniendo en peligro la salud la vida de las personas y del transporte urbano; que atendiendo al principio de razonabilidad establecido en el artículo 4º inciso 1, numeral 1.4 de la Ley del Nº 27444, las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, califi quen infracciones o impongan sanciones a los administrados, deben adaptarse manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar; La Ordenanza Municipal Nº 011-2004-MPP de fecha de fecha 20 de julio del 2004, aprobó el Reglamento de Transporte Terrestre de la provincia de Pataz, el mismo que no ha sido modifi cado durante nueve años, lo cual difi culta su aplicación, de otro lado teniendo en cuenta el tiempo transcurrido la norma presenta vacíos en las acciones de control y fi scalización lo que impide una acción efi ciente de parte la municipalidad provincial de Pataz en la fi scalización del transporte terrestre, siendo necesario derogar los artículos 60, 61, 62, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, y 90 a efectos de facilitar las acciones de control y la fi scalización dentro de la provincia de Pataz, conforme las disposiciones nacionales establecido en el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC- Reglamento Nacional de Administración de Transporte. La Ordenanza Municipal Nº 005-2012-MPP de fecha 6 de diciembre del 2012, aprobó la desconcentración de tránsito de vehículos de carga pesada de la ciudad