Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2013 (28/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500281 e Instalaciones Fijas y Permanentes vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013. Que, la norma antes citada no contempla algunas descripciones de obras complementarias e instalaciones fi jas y permanentes para efectos de la valuación de los predios urbanos, por lo que resulta necesario que la Administración Municipal disponga la expedición de una norma que complemente la Tabla detallada en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA. Que, para la determinación de la base imponible de las instalaciones fi jas y permanentes para el cálculo del Impuesto Predial, se tomará como metodología lo señalado en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú en su Título Il, Capítulo D y Artículo II.D.32 “Las edifi caciones con características o usos especiales, la obras complementarias, la instalaciones fi jas y permanentes, así como las construcciones inconclusas se valorizan de acuerdo a los elementos que la conforman, la depreciación por antigüedad, el estado de conservación será estimado por el perito en concordancia con las características y vida útil de dichas obras. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comisión de Rentas Municipales y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el voto por unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL CUADRO DE VALORES UNITARIOS DE OBRAS COMPLEMENTARIAS E INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Valores Unitarios de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, la misma que será publicada en la Página Web Institucional www.muniventanilla.gob. pe, siendo de aplicación en forma complementaria a la Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA y otros dispositivos que sobre la materia se expidan. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, su inclusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y a las subgerencias que la integran, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER E. REYMER ARAGÓN Alcalde (e) 967690-1 Aprueban Nuevo Reglamento General de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 18-2013/MDV Ventanilla, 25 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En sesión ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 25 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 y la Ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en ese sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias en los asuntos de su competencia dentro del ámbito de su jurisdicción de conformidad con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a los artículos 79º y 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se otorga funciones específi cas exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, encontrándose entre ellas el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación y; en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, con la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 020-2007-MDV publicada el 8 de agosto de 2007 esta Municipalidad adecuó el Reglamento de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Ley Nº 28976; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2013-PCM se aprobó la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, en ese sentido se hace necesario modifi car, adecuar y/o derogar la Ordenanza Nº 020-2007-MDV y emitir una nueva ordenanza, considerando el marco normativo vigente; Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, tiene como propósito institucional lograr el desarrollo económico y el crecimiento comercial ordenado del distrito; para ello integra, actualiza, armoniza y simplifi ca el marco normativo existente para que los procedimientos administrativos para la obtención de la licencia de funcionamiento en sus distintas modalidades, estén acordes con las necesidades de promoción empresarial y protección al vecino y, de esta manera, brindar orientación y asesoramiento para la inversión, así como lograr la calidad y efi ciencia en el servicio al usuario; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Memorándum Nº 079 -2013/GDU-MDV, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento General de Licencias y Autorizaciones de Funcionamiento en el distrito de Ventanilla, señalando que el mismo ha sido elaborado por la Subgerencia de Autorizaciones Municipales en coordinación con dicha Gerencia y, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y por el Decreto Supremo Nº 006-2013- PCM que aprobó la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, estableciéndose un nuevo procedimiento simple y ágil para el otorgamiento de las Licencias de funcionamiento en sus diversas modalidades; Que, es necesario adecuar la normatividad vigente a los lineamientos establecidos en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, concordante con los dispositivos legales vigentes; Que, con Informe Nº 161-2013/GLySM, la Gerencia Legal y Secretaria Municipal señala que, mediante Ordenanza Nº 020-2007-MDV publicada el 8 de agosto de 2007 esta Municipalidad adecuó el Reglamento de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, aplicable para la jurisdicción del distrito de Ventanilla, siendo esta norma aprobada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 006-2013- PCM publicado el 10 de enero de 2013, por lo que algunas de sus disposiciones no se ajustan a lo recientemente regulado, motivo por el cual resulta necesario aprobar un