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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2013 (28/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500288 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de la fecha; y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativas y de administración; Que, el Artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción del ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos es aprobado mediante Ordenanza Municipal, normativa concordante con lo establecido en el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, que establece “que las Ordenanzas Municipales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad, tiene competencia normativa; y que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; y siendo que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia. (…)” asimismo el artículo 9º, inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF establece en su artículo 60 que las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones o tasas, otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi je la Ley; del mismo modo, se señala que la creación y modifi cación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza; asimismo, dicha norma en su Artículo 68° establece la facultad de las Municipalidades para imponer tasas por servicios administrativos o derechos, que vienen a ser tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos; Que, es necesaria la adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, debido a la publicación de su nuevo Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, publicado el 04 de mayo del 2013; Que, mediante Informe Nº 373-2013-MSCZ- SGOPAHHU-GODUR-MPC, de fecha 18 de Julio del 2013, de la Sub-Gerencia de Obras Privadas, solicita la Modifi cación de la Ordenanza Nº 031-2007-MPC, de fecha 28 de diciembre del 2007, que aprueba el Texto único de Procedimientos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, vigente, con la fi nalidad de adecuar el Tupa a Nuevo Reglamento de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de habilitaciones urbanas y Edifi caciones; y a la vez para el cumplimiento del Plan de incentivos y Modernización municipal del año 2013; Que, mediante Informe Legal Nº 241-2013-GAJ-MPC, de fecha 19 de Julio del 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que se debe modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza Municipal con la fi nalidad de adecuar el TUPA vigente a lo establecido en el Nuevo Reglamento de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de habilitaciones Urbanas y edifi caciones, sugiriendo que se derive el expediente a la Comisión de administración para su dictamen y luego elevar al Pleno del Concejo Municipal para su Aprobación correspondiente; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 012-2013-CODUR- MPC, de fecha 23 de Julio del 2013 de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, opinando favorable la aprobación del proyecto de Ordenanza N° 031-2007- MPC que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente para la adecuación al nuevo reglamento de la Ley N° 29029, y el Dictamen N° 005-2013-CPEA-MPC de fecha 23 de julio del 2013, de la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se ratifi ca la opinión favorable de la Comisión de Obras; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoritario y, con la dispensa del trámite de aprobación del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR la Modifi cación de la Ordenanza Nº 031-2007-MPC, de fecha 28 de diciembre del 2007, para la Adecuación de Procedimientos Administrativos al Nuevo Reglamento de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, aprobado mediante D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, según indica en el Anexo 1, que forma parte de la Presente Ordenanza. Artículo 2º.- Precisar que la Modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 031-2007-MPC, corresponden a los Procedimientos Administrativos de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, referidos a la adecuación a la Ley Nº 29090, Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, y su nuevo Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA. Artículo 3º.- Precisar que los procedimientos que se encuentran en trámite y que no estén incluidos en el Tupa, se adecuarán a los requisitos y disposiciones establecidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Ofi cina de Imagen Institucional, la presente ordenanza y anexos integrantes sean publicados en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete www.municanete.gob.pe, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 967909-1 Ratifican la Ordenanza Nº 014-2012- MDI, que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Imperial ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2013-MPC Cañete, 25 de julio de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido formulado por la Regidora Lourdes Inés Morales Esterripa, para sea debatido en orden del día la solicitud de ratifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA presentado por la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía