Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo en su articulo 74º les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion; concepto rescatado en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, mediante Informe Nº 093-2013-MDB/GSCMA de fecha 23 de MORDAZA del 2013, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente adjunta el Proyecto del Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Bellavista, en cuyo contenido se detalla y desarrolla los siguientes aspectos tecnicos, tales como: - Analisis de situacion. - Politicas del Plan de Manejo de Residuos Solidos. - Objetivos del Plan. - Lineas de Accion y Metas. - Implementacion de las Estrategias de solucion. - Monitoreo y evaluacion de las alternativas de solucion. - Conclusiones y Recomendaciones. - Anexos (entre los cuales se detallan las rutas de recoleccion de residuos solidos). Ello entre otros aspectos tratados en el Plan, viene pronunciandose por que se apruebe el Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Bellavista, respaldando su pronunciamiento, n lo sustentado tecnicamente en el proyecto del plan; Que, el numeral 22º del articulo 2º, los numerales 1º, 6º y 8º del articulo 195º y el articulo 197º de la carta magna, modificado mediante Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo IXV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; los gobiernos locales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, promueven, apoyan y reglamentan la participacion en el desarrollo local, desarrollan y regulan actividades y/ o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente y su sustentabilidad de los recursos naturales, el desarrollo integral a fin de garantizar el derecho de las personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, segun lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la autonomia de la Constitucion Politica del Peru establece que para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 3º del articulo 73º de la MORDAZA en comentario senala que en materia de competencias Ambientales Municipales, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo, la proteccion y conservacion del ambiente, asi como la formulacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, mediante Ley Nº 27314, modificada por Decreto Legislativo Nº 1065 en su articulo 10 de la Ley General de Residuos Solidos, senala que los distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los Residuos Solidos, y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion y deben contar con planes de manejo de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, en su articulo 8º senala que la Municipalidad tanto Provincial como Distrital es responsable de la Gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a estos originados por otras actividades. Asi tambien segun lo dispuesto en el literal a) numeral 2º del referido articulo, corresponde a la Municipalidad Distrital entre otras responsabilidades, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, segun el Instructivo de Implementacion de un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Domiciliarios en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito, senala en su Paso Nº 03 Numeral 2: "Aprobar el Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PIGARS) o el Plan de Manejo de Residuos Solidos, la misma que debe ser publicada de acuerdo a lo establecido en el articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades"; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y considerando los informes de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente Nº 093-2013MDB/GSCMA y de la Gerencia de Asesoria Juridica Nº 220-2013-MDB/GAJ y contando con el MORDAZA unanime de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA
Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos del Distrito de Bellavista, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza con sus respectivos anexos. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente para que efectuen las acciones que permitan la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos en el Distrito de Bellavista. Articulo Tercero.- Del cumplimiento y Difusion de la presente Ordenanza. Encarguese a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente el cumplimiento y la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la Publicacion del Plan en la Web Institucional www.munibellavista.gob.pe. Articulo Cuarto.- Facultades Reglamentarias. Facultese al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma, de ser el caso. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA

968010-1

Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente, y Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2013-MDB-ALC
Bellavista, 26 de MORDAZA de 2013 El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el Art. 195 de la Constitucion Politica del Peru los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales, promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa. Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que el Rol de las Municipalidades, es implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Asi mismo establece que las Municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes.

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