Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

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de las metas y la asignacion de los recursos que deberan seguir las municipalidades del MORDAZA para acceder a los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2013; Que, mediante Ordenanza Nº 008-2013-MDB/AL de fecha 25 de MORDAZA del 2013 se aprobo el Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Bellavista; Que mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2012CDB de fecha 25 de MORDAZA de 2011, El Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Bellavista 2001-2021, que establece como lineamiento estrategico para regular la gestion de residuos solidos del distrito "Fomentar una cultura y Educacion Ambiental en manejo de residuos solidos urbanos con participacion de la ciudadania, con atencion especial de ninos, ninas y adolescentes" y "Promover servicios publicos de calidad, vinculados a la gestion y segregacion de residuos solidos urbanos de la Municipalidad Distrital de Bellavista"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM se aprobo la Politica Nacional del Ambiente en el eje de politica 2: Gestion Integral de la calidad Ambiental; Componente 4. Residuos Solidos, estableciendo cm lineamiento de politica el fortalecimiento de la gestion de los Gobiernos Regionales y Locales en materia de Residuos Solidos en ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Las Municipalidades consideradas como ciudades principales de MORDAZA B, clasificadas de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 01 del Decreto Supremo Nº 002-2013­EF, deben cumplir con la Meta 16, esto es implementar un programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios en un 10% de las viviendas urbanas del Distrito; Que, la gestion municipal actual prioriza contar con un sistema sostenible e integral de residuos solidos de calidad, eficiente, inclusivo, equitativo y participativo, asi mismo establecer como Politica Publica el Programa Municipal de Segregacion en la Fuente, Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos y Formalizacion de los Recicladores del Distrito de Bellavista, en concordancia con las politicas de Estado del Acuerdo Nacional y los tres objetivos del milenio como son: ERRADICAR LA PROBREZA EXTREMA Y EL HAMBRE, GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL AMBIENTE Y FOMENTAR UNA ASOCIACION GLOBAL PARA EL DESARROLLO; Que, en cumplimiento con lo establecido en la actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de Bellavista aprobado mediante la Ordenanza Nº 011-2012-CDB de fecha 25 de MORDAZA del 2011 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el MORDAZA Distrital de Bellavista: DECRETA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldia Nº 007-2011-MDB/AL que aprobo el Programa de Segregacion en la Fuente, Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios de la Municipalidad de Bellavista, que se implementa en la MORDAZA IV: Urbanizaciones de San MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, con una cobertura del 7% de las vivienda urbanas del Distrito. Articulo Segundo.- APROBAR como politica publica el PROGRAMA DE SECREGACION EN LA FUENTE, Y RECOLECCION SELECTIVA COMO PARTE DEL MORDAZA DE RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA, que se implemento en la Urb. de San MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, ampliandolo a la Urb. de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA I, MORDAZA MORDAZA II, Taboadita, Confecciones Militares, MORDAZA y Cercado de Bellavista, debiendose extenderse gradualmente a todo el ambito del Distrito. Articulo Tercero.- La Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente debera incluir anualmente el presupuesto requerido para la sostenibilidad del Programa y la ampliacion del mismo en otras zonas del Distrito. Asimismo las funciones de educcion y sensibilizacion ambiental estaran a su cargo y en estrecha coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal. Articulo Cuarto.- Encargase a la Sub Gerencia de Limpieza Publica, y Maestranza, dependiente de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, en coordinacion con la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Policia Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

Que, la citada Ley en el Articulo 5º define que los gobiernos locales seran los entes reguladores de la actividad de los recicladores en el ambito de su jurisdiccion; con un enfoque orientado a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos, potenciando la actividad a traves de la elaboracion de normas de promocion. Asi mismo, la mencionada ley, establece que lo gobiernos locales mantendran un registro de inscripcion de las organizaciones de recicladores, cuyos miembros operen en su jurisdiccion para el otorgamiento de la autorizacion y certificacion correspondiente, la cual ademas debe servir para el acceso de los beneficios que se establezcan en su favor. En el Articulo 6º de la misma, se establece que los gobiernos regionales y locales en el MORDAZA de sus atribuciones legales, promoveran la formacion de organizaciones de recicladores y de pequena y microempresas EPS RS Y EC RS, especializadas en la recoleccion para el reciclaje y la comercializacion de residuos solidos, asi mismo los gobiernos locales deberan emitir las disposiciones que faciliten la incorporacion de recicladores independientes dentro de las existentes. En el Articulo 7º define que los gobiernos locales implementaran programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes y servicios a menos costos o de forma gratuita, o como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general. Que, en el Reglamento de la citada Ley D.S. 005-2010MINAM, se establecen los aspectos tecnicos, operativos, administrativos y de gestion para el ordenamiento, la regulacion y la estandarizacion de un modelo de reaprovechamiento integral de los residuos solidos con la inclusion social y economica de los recicladores, a fin de lograr servicios de recoleccion selectiva de residuos solidos operados por recicladores formalizados, convertidos en microempresarios. Que, la Ordenanza Municipal Nº 000037-2005-MPC, aprueba la Politica Ambiental del Callao y crea el Sistema Local de Gestion Ambiental y la Comision Ambiental Municipal del Callao, que establece como lineamientos de politica promover el uso de tecnologias limpias, ambientalmente eficientes, incluyendo aquellas destinadas a la implementacion del Plan de Manejo Municipal de residuos solidos y complementar los instrumentos de incentivos y sancion, a fin de lograr el mejoramiento continuo del desempeno ambiental; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0007-2011MDB-AL de fecha 13 de MORDAZA del 2011 se aprobo EL PROGRAMA DE SECREGACION EN LA FUENTE, Y RECOLECCION SELECTIVA COMO PARTE DEL MORDAZA DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS, como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios a implementarse en la MORDAZA IV: Urb. San MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA Cecilia; Que, para el ano 2013, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos de Plan de Incentivos, arrobado mediante Ley Nº 29332, se creo el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional; que, la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, incorporo en el articulo 1º numeral 1.1 de la Ley Nº 29332 y su modificatoria, como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos; asimismo, establecio que el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal se denominara, en adelante, "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal"; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza al Poder Ejecutivo a financiar el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal (PI), con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, hasta por la suma de UN MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 100 000 000,00), disponiendo que la incorporacion de dichos recursos en los gobiernos locales se aprueba mediante decreto supremo en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, a efectos de implementar lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar las disposiciones que establezcan los procedimientos para el cumplimiento

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