Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

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forma eficiente y eficaz el reaprovechamiento de residuos solidos que permita la inclusion socioeconomica de los recicladores y logre minimizar la generacion de residuos en la fuente de origen; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013; Que, en el anexo Nº 2 del Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, se establece que las Municipalidades de Ciudades Principales MORDAZA "A", dentro de las cuales se incluye a la Municipalidad de Barranco, tiene que cumplir la meta 06: Implementar un programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en un 12% de las viviendas urbanas en el distrito; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de origen general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal"; y, En uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente y ejerciendo las facultades conferidas por el Articulo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- IMPLEMENTAR el Programa de Segregacion en la fuente y Recoleccion Selectiva de residuos solidos en un 12% de las viviendas urbanas del distrito como parte del cumplimiento de metas del Programa de Modernizacion Municipal 2013. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestion Ambiental y Ornato y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Implementan el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de residuos solidos en viviendas urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2013-MDB
Barranco, 24 de MORDAZA del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: El Memorandum Nº374-2013/GDGAYO/MDB, de fecha 10 de MORDAZA del 2013, emitido por la Gerencia de Gestion Ambiental y Ornato, y el Informe Nº 413-2013-GAJMDB, de fecha 15 de MORDAZA del 2013, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto al Programa de Segregacion en la fuente y Recoleccion Selectiva de residuos solidos en un 12% de las viviendas urbanas del distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 62º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que "los Gobiernos Locales organizan sus funciones ambientales, considerando el diseno y la estructuracion de sus organos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el caracter transversal de la gestion ambiental. Deben implementar su Sistema Local de Gestion Ambiental integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, asi como a la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno local", siendo prioridad del Gobierno distrital de Barranco velar por el bienestar y confort de los habitantes del distrito; Que, el numeral 12) del articulo 10º del D.L. Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que el rol de las Municipalidades es: "implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada". Asimismo, el ultimo parrafo del acotado articulo establece que "Las municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes"; Que, la Ley Nº 29419, que regula la actividad de los recicladores, tiene como objeto establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el MORDAZA, en el MORDAZA de los objetivos y principios de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; Que, la Ordenanza Nº 358-MDB formaliza a los recicladores y el recojo selectivo en el distrito de Barranco; Que, el Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local, en concordancia con los lineamientos de su politica ambiental local aprobada por la Comision Ambiental Municipal de Barranco, contienen estrategias, actividades y acciones para lograr en forma eficiente y eficaz el reaprovechamiento de residuos solidos que permitan la inclusion socioeconomica de los recicladores y logre minimizar la generacion de residuos en la fuente de origen; Que, con el Decreto de Alcaldia Nº 06-2012-MDB, del 20 de MORDAZA del 2012, se aprobo el Programa de Segregacion como parte del cumplimiento de metas del Programas de Modernizacion Municipal 2012, cuyo objetivo era lograr la participacion del 7% del total de viviendas urbanas del distrito; Que, con la implementacion del Programa de Segregacion en Origen se viene cumpliendo objetivos senalados en el Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local relacionados a la elaboracion de estrategias, actividades y acciones para lograr en

967700-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban Plan de Gestion y Manejo de Residuos Solidos Municipales del distrito de Bellavista
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2013-CDB
Bellavista, 26 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesion de fecha 25 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y gozan de

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