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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (14/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Viernes 14 de junio de 2013 497117 Ítem FORMATOS DE DECLARACIONES JURADAS TÉCNICAS Y ANEXOS 14 Declaración Jurada Técnica - 14 Medio de Transporte de Combustibles Líquidos y OPDH-Camión Tanque / Camión Cisterna. 15 Declaración Jurada Técnica -15 Consumidor Directo o Red de Distribución de GLP 16 Declaración Jurada Técnica - 16 Medio de Transporte de GLP 17 Declaración Jurada Técnica - 17 Medio de Transporte de Vagón Tanque de Combustibles Líquidos y/u OPDH. 18 Declaración Jurada Técnica – 18 Medio de Transporte Acuático (Marítimo, Fluvial y Lacustre) de Hidrocarburos. 19 Declaración Jurada Técnica – 19 Medio de Transporte Terrestre de Combustibles Líquidos en Cilindros 20 Declaración Jurada Técnica – 20 Medio de Transporte Terrestre de Petróleo Crudo- Camión Tanque/ Camión Cisterna. 21 Anexo A Obligaciones de Ordenanzas Municipales. 22 Anexo B Obligaciones para Instalar Racks de GLP. 23 Anexo C Obligaciones para Establecimientos ubicados en Zona Urbana. 24 Anexo D Obligaciones para Establecimientos ubicados en carretera. 25 Anexo E Obligaciones para el Reemplazo, Reubicación, Modifi cación o Instalación de Tanques. 26 Anexo F Obligaciones para Reubicación, Modifi cación o Instalación de Bocas de llenado y Tuberías. 27 Anexo G Obligaciones para Reubicación, Modifi cación o Instalación de Tuberías para Ventilación y Sistema de Recuperación de Vapores 28 Anexo H Obligaciones para Instalación o Reubicación de Equipos de despacho. 29 Anexo I Obligaciones para Gasocentros en Zona Urbana. 30 Anexo J Obligaciones para Gasocentros en Carreteras. 31 Anexo K Obligaciones para Reubicación, Modifi cación o Instalación de Tanques de GLP en Gasocentros. 32 Anexo L Obligaciones para Reubicación, Modifi cación o Instalación de Toma de Llenado o Tuberías en Gasocentro. 33 Anexo M Obligaciones para Reubicación o Instalación de Nuevos Dispensadores en Gasocentros. 34 Anexo N Obligaciones para Reemplazo, Reubicación, Modifi cación o Instalación de Tanques en Superfi cie. Artículo 2º.- Derogación Déjese sin efecto la Resolución de Gerencia General Nº 093, la misma que aprobó la Declaración Jurada Técnica Nº 22 - Medio de Transporte de Petróleo Crudo Camión Tanque/Camión Cisterna del Anexo Nº 3 de la Resolución de Gerencia General Nº 458. Artículo 3º.- Publicación Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; y junto a sus anexos en el portal electrónico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General (e) OSINERGMIN 949853-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Autorizan viaje de funcionaria a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 120-2013-INDECOPI/COD Lima, 10 de junio de 2013 VISTO: El Informe 13-2013/GCT de fecha 06 de junio de 2013, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales; CONSIDERANDO: Que, atendiendo a que mediante carta de fecha 02 de diciembre de 2011, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), informó al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú que el Consejo de la OCDE ha decidido invitar al Perú a participar como Observador Regular por un periodo de dos años (hasta el 31 de diciembre de 2013) en el Comité de Competencia de la OCDE, así como en sus Grupos de Trabajo sobre Competencia y Regulación, y sobre Cooperación y Aplicación; Que, la OCDE tiene por misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, ofreciendo un foro donde los gobiernos de diferentes países puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, colaborando con los gobernantes de los Estados participantes a fi n de entender qué nos conduce al cambio económico, social y ambiental; para ello, se mide la productividad y los fl ujos globales del comercio e inversión; así como se analiza y compara datos para predecir las tendencias futuras del desarrollo, lo que permitirá fi jar estándares internacionales dentro de un amplio rango de actividades, desde la agricultura y los impuestos hasta la seguridad en productos químicos; dichas actividades son sumamente valiosas pues son acciones de promoción de importancia para el Perú en materia la política de competencia; Que, en la citada carta, la OCDE señala que la invitación se extiende en reconocimiento a los importantes logros alcanzados por el Perú en el campo de su política de competencia, y en atención al interés demostrado por nuestro país en incorporarse como miembro de dicho organismo, habiéndose por tal motivo decidido convocar al Perú, para que intervenga en calidad de Observador Regular, con la fi nalidad de participar activamente de los comités, mesas de trabajo y foros, además de difundir las buenas prácticas del Comité de Competencia de la OCDE; Que, en este contexto, mediante comunicación electrónica de fecha 03 de mayo de 2013, la OCDE ha cursado invitación al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, para participar en las reuniones del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación y del Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, así como en el Comité de Competencia de la OCDE, a desarrollarse del 17 al 20 de junio del presente año, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el Perú -a través del INDECOPI- participó durante los días 18 a 20 de setiembre de 2012 del Décimo Foro Latinoamericano de Competencia OCDE-BID, oportunidad