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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (21/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Viernes 21 de junio de 2013 497609 nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; así como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; señalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Memorándum Nº 102-2013-VIVIENDA- VMVU del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, y Memorándum Nº 336-2013-VIVIENDA/VMVU-PMIB del Director Ejecutivo (e) del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, se solicita gestionar el dispositivo legal que autorice la Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de CIENTO CUATRO MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 104 084 578,00), para la ejecución de cincuenta y siete (57) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana, los cuales se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y cuentan con los correspondientes convenios suscritos con los Gobiernos Locales respectivos; Que, asimismo, a través del Memorándum Nº 415- 2013-VIVIENDA/VMVU/PMIB, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB, solicita gestionar el dispositivo legal que permita realizar la transferencia de partidas presupuestales a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, para fi nanciar dos (02) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, por un monto de inversión total de DOS MILLONES DIECISÉIS MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 016 050,00), que corresponden a las obras de rehabilitación en las zonas afectadas por las lluvias torrenciales ocurridas en la ciudad de Arequipa; precisando, que dichos proyectos han sido viabilizados en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, y cuentan con los Convenios suscritos con la Unidad Ejecutora correspondiente; Que, con Memorándums Nºs. 961 y 1200-2013/ VIVIENDA-OGPP la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propone dos proyectos de Decreto Supremo que autorizan Transferencias de Partidas de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura urbana del Programa Mejoramiento Integral de Barrios; precisando que dichos proyectos se encuentran declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP y que se han suscrito los Convenios correspondientes; Que, así mismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma total de CIENTO SEIS MILLONES CIEN MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 100 628,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0108. Mejoramiento Integral de Barrios, para fi nanciar la transferencia de recursos indicada, en mérito de lo cual, con Ofi cios Nºs. 936 y 1163-2013- VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de CIENTO SEIS MILLONES CIEN MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 100 628,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, para el fi nanciamiento de la ejecución de cincuenta y nueve (59) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 29951; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1.- Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 106 100 628,00 (CIENTO SEIS MILLONES CIEN MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de la ejecución de cincuenta y nueve (59) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0108 : Mejoramiento Integral de Barrios PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001253 : Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 106 100 628,00 ============ TOTAL EGRESOS 106 100 628,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0108 : Mejoramiento Integral de Barrios FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 106 100 628,00 ============ TOTAL EGRESOS 106 100 628,00 ============ 1.2.- Los Pliegos habilitados en la sección primera del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para el fi nanciamiento de la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Infraestructura Urbana” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano.