Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2013 (21/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

497610
Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1.- El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley Nº 29951. Articulo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

El Peruano Viernes 21 de junio de 2013

en el nivel institucional a favor del pliego Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, segun corresponda. Dichas transferencias de recursos se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policia Nacional del Peru, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, y se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, a propuesta de este ultimo, previo informe de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policia Nacional del Peru, bajo responsabilidad del Titular de dicho pliego; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, suscribieron con fecha 17 de enero de 2013, el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional sobre Asuntos Antarticos (en adelante, el Convenio), cuyo objeto es definir las condiciones de cooperacion mutua con la finalidad que la Fuerza Aerea del Peru pueda dar apoyo al Ministerio de Relaciones Exteriores para el traslado de personal y material de la Vigesimo Primera MORDAZA Cientifica a la Antartica (ANTAR XXI), contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente segun Memorandum (OPP) NºOPP0073/2013, de 16 enero de 2013; Que, en virtud del citado Convenio, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores asumir los costos operativos por el empleo del avion MORDAZA L-100-20 por los vuelos de despliegue y repliegue programados para la expedicion MORDAZA XXI; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8.2.1 de la clausula octava del Convenio, el Ministerio de Relaciones Exteriores cancelara el monto de US$ 269 146,76 (DOSCIENTOS SESENTAY NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 76/100 Dolares Americanos), equivalente a S/. 710 547,00 (SETECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), correspondiente a los costos operativos MORDAZA referidos, en una sola armada, utilizando el mecanismo previsto en la Decima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; De conformidad con lo establecido por la Decima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de SETECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 710 547,00), del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores al pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinada a financiar el traslado de personal y material de la Vigesimo Primera MORDAZA Cientifica a la Antartica (ANTAR XXI), conforme al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores 001 : Secretaria General

953414-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores al Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 130-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 se aprobo, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 008: Ministerio de Relaciones Exteriores y 026: Ministerio de Defensa; Que, la Decima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar modificaciones presupuestarias

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003630 : Desarrollo de Acciones de Politica Exterior, Soberania e Integridad Territorial en el Ambito Regional 1: Recursos Ordinarios 710 547,00 ----------------710 547,00 =========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

: Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 005 : Fuerza Aerea del Peru

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.