Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (21/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 21 de junio de 2013 497607 Visto, el Ofi cio N.1000-909 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 17 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú como parte de su Plan Anual de Educación año 2013, ha gestionado ante el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, la realización de Maestrías y Cursos, en el área de Guerra de Superfi cie, Submarina y Operaciones Especiales, bajo el Programa de Ventas Militares al Extranjero (FMS), entre los cuales se encuentra considerado la Maestría de Ciencia en Análisis de Defensa (Master of Science in Defense Analysis), a realizarse en la Escuela Naval de Postgrado, ciudad de Monterrey, Estado de California, Estados Unidos de América; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Máster, responde a la necesidad de ejercitar a los Ofi ciales designados en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar carácter y liderazgo, que permitirá contar con personal estratega a través de la comprensión de las variables nacionales e internacionales en la formulación de políticas de Defensa y Seguridad; así como, actualizar y complementar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos cursos del sistema de enseñanza naval, el cual contribuirá a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, debido que la misma fue acordada con posterioridad a su aprobación, en razón a la naturaleza y tiempo en el cual se ha programado dicho Curso; sin embargo, en atención a los interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Ricardo Romano DEVOTO Gagliardi, para que participe en la Maestría de Ciencia en Análisis de Defensa (Master of Science in Defense Analysis), a realizarse en la Escuela Naval de Postgrado, ciudad de Monterrey, Estado de California, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2013 al 31 de diciembre de 2014, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 21 de junio al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, considerando la permanencia de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y de sus hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo Artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Ricardo Romano DEVOTO Gagliardi, CIP. 00955280, DNI. 44089717, para que participe en la Maestría de Ciencia en Análisis de Defensa (Master of Science in Defense Analysis), a realizarse en la Escuela Naval de Postgrado, ciudad de Monterrey, Estado de California, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2013 al 31 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida): Lima - Monterrey, Estado de California (Estados Unidos de América) US$ 2,500.00 x 4 personas US$ 10,000.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,050.00 / 30 x 10 días (junio 2013) US$ 1,016.67 US$ 3,050.00 x 6 meses (julio - diciembre 2013) US$ 18,300.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 3,050.00 x 2 compensaciones US$ 6,100.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 35,416.67 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6°.- El Ofi cial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios.