Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2013 (23/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

497894

El Peruano MORDAZA 23 de junio de 2013

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnico COES PR-18 "Determinacion de la Potencia Efectiva de las Centrales Hidroelectricas del COES" en la pagina web de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 138-2013-OS/CD MORDAZA, 18 de junio de 2013 VISTOS: La propuesta presentada por el COES, mediante carta COES/D-065-2013, para aprobar el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-18 "Determinacion de la Potencia Efectiva de las Centrales Hidroelectricas del COES", y la subsanacion de observaciones presentada mediante carta COES/D-231-2013. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del numeral 3.1 del Articulo 3° de la Ley N° 27332, "Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos", senala que la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar en el ambito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas tecnicas. En tal sentido, el Articulo 21° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, precisa que corresponde a OSINERGMIN dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podran definir los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, de conformidad con el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-18 "Determinacion de la Potencia Efectiva de las Centrales Hidroelectricas del COES", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en los considerandos precedentes; Que, finalmente se ha emitido el Informe Tecnico GFEUGSEIN-154-2013 anexo al Memorando GFE-2013-495 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica y el Informe Legal N° 277-2013-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan

la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica"; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General"; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 17-2013. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina Web de OSINERGMIN www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnico COES PR-18 "Determinacion de la Potencia Efectiva de las Centrales Hidroelectricas del COES", conjuntamente con su exposicion de motivos, Informe Tecnico GFEUGSEIN-154-2013 anexo al Memorando GFE-2013-495 y el Informe Legal N° 277-2013-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: NRT2013@osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 06:00 p.m. Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 953518-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban cargos de destino para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 104-2013-SERVIR-PE MORDAZA, 20 de junio de 2013 VISTOS, los Informes N° 090, 091 y 092-2013SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica, y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.