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El Peruano Domingo 23 de junio de 2013 497896 Ofi cina Regional del INDECOPI Fedatario Titular Fedatario Suplente Amazonas Andrey Guerrero García Linda Estefanía Reyna Castillo Ancash – Sede Chimbote Gena Solange Beatriz Chávez Rodríguez Cynthia Elizabeth Ramirez Medina Ancash – Sede Huaraz Jorge Luis Cabel Villarroel Carmen Rosario Obregón Ruiz Apurímac Karin Karoll Felicidad Diaz Pasache Jossnila Ayala Pacheco Arequipa María Lucía del Pilar Cornejo Gutiérrez - Ballón Lily Roxana Garay Chávez Ayacucho Víctor Hugo Rodríguez Rojas Víctor Raúl Robles Cuadros Cajamarca Silvia Esther Jara Silva Richard Alexander Saldaña Vásquez Cusco Marco Antonio Marroquin Muñiz Paola Aragón Iturri Huancavelica Gary Alain Loza Huarachi Lizbeth Paola Herrera Cochachi Huánuco Jina Mery Troyes Delgado Andrés Enrique Ambiódegui García Ica Ernesto Fernando Martin Perla Najarro Judith Rodrigo Castillo Junín Andrómeda Barrientos Roque Jacqueline Elizabeth Román Mattos La Libertad Carlos Raúl Tapia Florián Jack Paul Quiroz Sandoval Lambayeque Ana Kimena Leyva Wong Claudia Magaly Lucero Gil Loreto Rosa Cristina Fernández Sánchez Francisco Jefferson Ruiz Calsin Madre de Dios Javier Ernesto Castro Cuba León Francis Danilo Santa Cruz Oróz Moquegua José Alonso Membrilo Nina Tattiana Vanessa Rose Chaparro Bustamante Pasco Rebeca Yuliana Rodríguez Porta Víctor Manuel Loayza Galdos Piura Jacqueline Reyes Cruz Susan Ivonne Camero Cruz Puno Juan Ever Pilco Herrera Waldir Crystiam Zanabria Ortega San Martín Pako Omar Cruzado Peralta Michel Ivan Veliz Herrera Tacna Marcos Alberto Lipa Portugal Johanna Luisa Anco Fernández Tumbes Edgar Allison Vilela Adanaque Daniel Arturo Saldarriaga La Chira Ucayali Jonathan Pólux Martín Arévalo Flores Jessica Samantha Ramirez Araujo VRAEM Christian John Rodríguez León Esther Victoria Quispe Quiliano Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 953941-1 Encargan las funciones de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Tacna RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 130-2013-INDECOPI/COD Lima, 21 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 174-2010-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de noviembre de 2010, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Fernando Alonso Lazarte Mariño en el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional del Indecopi de Tacna; Que, por Acuerdo Nº 033-2013 adoptado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 27 de mayo de 2013, dicho órgano directriz decidió dar por concluida la designación del señor Fernando Alonso Lazarte Mariño en el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional del Indecopi de Tacna, aprobando la encargatura de las funciones de dicho cargo mientras dure el proceso de contratación de su nuevo titular; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Fernando Alonso Lazarte Mariño como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional del Indecopi de Tacna, dándole las gracias por los servicios prestados en el ejercicio de dicho cargo. Artículo 2º.- Encargar al señor Christian Antonio Sánchez Ramos las funciones de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional del Indecopi de Tacna, con efectividad anticipada al 14 de mayo de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 953941-2 Aprueban Normas Técnicas Peruanas presentadas por diversos Comités Técnicos de Normalización RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 32-2013/CNB-INDECOPI Lima, 12 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben