Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2013 (23/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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MORDAZA, los Titulares de las entidades deberan garantizar el normal desarrollo de las actividades de dichos Organos, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura, a un profesional que reuna los requisitos establecidos en el articulo 25° del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralor General de la Republica Contralor General de la Republica (e) 954072-1

El Peruano MORDAZA 23 de junio de 2013

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, la rendicion de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el diario Oficial El Peruano en MORDAZA con el Art. 3° de la Ley N° 27619, y a cargo de los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas. Registrese, comuniquese y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 953860-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Supervisor de la delegacion de estudiantes que participaran en concurso de programacion, a realizarse en Rusia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL N° 1014 MORDAZA, 19 de junio de 2013 Visto el Oficio Nº 0901/FIIS-2013 del Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas - FIIS de la Universidad Nacional de Ingenieria; CONSIDERANDO: Que, ante el pedido formulado por el Instituto de Investigacion de la FIIS, mediante Carta Nº 078-2013FIIS, por Resolucion Decanal Nº 024 del 19 de marzo de 2013, se aprobo otorgar viaticos y pasaje aereo (ida ­Vuelta) y seguro de viaje al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien viajara a Rusia en calidad de Supervisor de la Delegacion de Estudiantes que participaran en el Concurso de Programacion ACM ICPC World Finals 2013, a realizarse en la Universidad de San Petersburgo ­ Rusia, del 28 de junio al 05 de MORDAZA de 2013; Que, el Concurso de Programacion Colegiada Internacional ACM (ICPC) ofrece a los estudiantes universitarios la oportunidad de interactuar con los estudiantes de otras universidades y para afinar y demostrar su resolucion de problemas, la programacion y el trabajo en equipo. El certamen ofrece una plataforma para la ACM (Association for Computing Machinery), la industria y el MORDAZA academico, para fomentar y atraer la atencion publica sobre la proxima generacion de profesionales de la informatica, ya que persiguen la excelencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y el articulo 50º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Supervisor de la Delegacion de Estudiantes que participaran en el Concurso de Programacion ACM ICPC World Finals 2013, a realizarse en la Universidad de San Petersburgo ­ Rusia, del 28 de junio al 05 de MORDAZA de 2013. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados a traves de los recursos directamente recaudados de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas, con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Monto de pasajes ida-vuelta, seguro e impuestos (S/.) 8568.00 Monto por Viaticos (S/.) 3376.10

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran improcedente recurso extraordinario por afectacion de los derechos al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto contra la Res. Nº 0164-2013-JNE
RESOLUCION Nº 371-2013-JNE Expediente Nº J-2012-1545 COSPAN - MORDAZA - MORDAZA RECURSO EXTRAORDINARIO MORDAZA, 30 de MORDAZA de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso extraordinario por afectacion de los derechos al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en contra de la Resolucion Nº 0164-2013-JNE, que declaro improcedente el recurso de apelacion presentado contra la Resolucion Nº 832012/GOR/RENIEC, la misma que declaro improcedente el recurso de revision, por haberse agotado la via administrativa con la Resolucion Gerencial Nº 39-2012/ GOR/RENIEC, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Referencia sumaria de la resolucion de MORDAZA instancia Mediante Resolucion Nº 0164-2013-JNE, de fecha 21 de febrero de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro improcedente el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por considerar que no se habia cumplido con los requisitos de procedencia establecidos en los articulos 34 y 35 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones (en adelante LOE). La referida resolucion se sustento esencialmente en los siguientes hechos procesales: a. Con fecha 21 de agosto de 2012, la subgerencia de actividades electorales emitio la Carta Nº 0018222012/GOR/SGAE/RENIEC, mediante la cual rechazo la solicitud de nulidad del procedimiento de verificacion de firmas, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA distrital de Cospan, por no resultar posible su pedido al no encontrarse comprendido como administrado y estar conforme el numero de firmas de los adherentes (foja 10). b. En tal sentido, el citado MORDAZA interpuso recurso de apelacion, basandose en los mismos argumentos ya mencionados, por lo que, con fecha 26 de setiembre de 2012, la gerencia de Operaciones Registrales del Reniec (en adelante GOR), emitio la Resolucion Gerencial Nº 39-

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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