Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

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los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7º.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8º.- El citado Oficial Subalterno esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23º de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo Articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA VERAN MORDAZA, CIP. 00016858, DNI. 46850679 para que participe en el XXVII Viaje de Instruccion a bordo del Buque Escuela "BRASIL" de la MORDAZA de Brasil, Republica Federativa del Brasil, del 3 de MORDAZA al 21 de diciembre de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil) - MORDAZA US$ 1,100.00 US$ 1,100.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,400.00 / 31 dias x 29 dias (julio 2013) US$ 2,245.16 US$ 2,400.00 x 4 meses (agosto - noviembre 2013) US$ 9,600.00 US$ 2,400.00 / 31 dias x 21 dias (diciembre 2013) US$ 1,625.81 TOTAL A PAGAR: US$ 14,570.97

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2013-MIDIS
MORDAZA, 27 de junio de 2013 VISTO: El Oficio Multiple N° 002-2013-MIDIS/SG/OGCAI, emitido por la Coordinadora Nacional del Consejo Suramericano de Desarrollo Social ­ PPT Peru. CONSIDERANDO: Que, la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR) es un organismo de ambito regional que tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integracion y union en lo cultural, social, economico y politico entre los Estados de Suramerica; Que, el Consejo Suramericano de Desarrollo Social (CSDS) de la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR) constituye instancia de dialogo, reflexion, coordinacion y cooperacion sobre desarrollo social y humano integral, y tiene por objetivo promover la aplicacion de politicas eficaces de desarrollo social con equidad e inclusion que tiendan a propiciar la superacion de la pobreza y desigualdades en la region, asi como prevenir y enfrentar los impactos de la crisis mundial, entre otros; Que, en la III Reunion de la Instancia Ejecutiva de Desarrollo Social realizada en la MORDAZA de MORDAZA, los dias 6 y 7 de noviembre de 2012, en el MORDAZA de la Presidencia Pro Tempore de la UNASUR por parte de la Republica del Peru, conforme al mandato del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, adoptado en la MORDAZA de MORDAZA, Republica MORDAZA, el 29 de junio de 2012, los delegados de los paises miembros del citado organismo regional acordaron, entre otros puntos: (i) Continuar con el debate sobre la Propuesta de MORDAZA Conceptual para las Politicas Sociales en la UNASUR; y, (ii) desarrollar una reunion de expertos para profundizar los principales conceptos establecidos en dicha propuesta; Que, en el MORDAZA de los acuerdos citados en el considerando precedente, la Coordinadora Nacional del Consejo Suramericano de Desarrollo Social (CDDS)

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de

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