Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000380 : Acciones de Defensa Competencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros ACTIVIDAD ACTIVIDAD de la 1 495 905,00 964 945,00

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 de la presente MORDAZA no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

2 257 580,00 1 948 059,00

5000389 : Acciones de Proteccion de la Propiedad Intelectual FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros ACTIVIDAD 980 296,00 283 760,00

955837-2

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BIRF
DECRETO SUPREMO Nº 141-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Decimo Setima Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el Ministerio de Economia y Finanzas esta autorizado a concertar operaciones de endeudamiento que se destinen a financiar, el cumplimiento de metas cuyo financiamiento se encuentra previsto en la ley de presupuesto del sector publico para determinado ano fiscal por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 29953, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 104 000 000,00 (MIL CIENTO CUATRO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF, hasta por la suma de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar el "Programa SWAP Educacion", bajo la modalidad de Enfoque Sectorial Amplio de Apoyo Financiero; Que, dicha modalidad permitira reembolsar los gastos efectuados por el Estado Peruano en el MORDAZA de la referida operacion, financiados por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, cuando se hayan cumplido con las metas acordadas con el BIRF, en MORDAZA con el primer considerando del presente decreto supremo; Que, la citada operacion de endeudamiento se efectuara con cargo al Sub-Programa "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) del numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 29953; Que, la referida operacion de endeudamiento externo contemplara el instrumento financiero de Conversion de Moneda, el cual faculta a la Republica del Peru a solicitar la conversion de la totalidad o de una porcion del monto del prestamo, desembolsado o por desembolsar, a Nuevos Soles, con la correspondiente modificacion de las condiciones financieras de la operacion;

5000488 : Asistencia a las Acciones de Libre Competencia y Proteccion de la Propiedad Intelectual FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SUB TOTAL Pliego 183 TOTAL GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA PLIEGO 3 712 687,00 1 460 042,00 ------------------13 103 274,00 --------------------21 900 396,00 ===========

: Instancias Descentralizadas 452 : Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Olmos ­ Tinajones PROYECTO 2000270 : Gestion de Proyectos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SUB TOTAL Pliego 452 TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL EGRESOS 46 997 036,00 --------------------46 997 036,00 --------------------46 997 036,00 --------------------68 897 432,00 ===========

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

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