Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, MAUREL ET PROM PERU S.A.C. comunico a PERUPETRO S.A. que habia llegado a un acuerdo para ceder a favor de PACIFIC STRATUS ENERGY S.A., subsidiaria de PACIFIC RUBIALES ENERGY CORP., por intermedio de PACIFIC STRATUS ENERGY S.A., SUCURSAL DEL PERU, el cincuenta por ciento (50%) de participacion en el Contrato de Licencia; asi como, la condicion de operador; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 036-2013, de fecha 18 de marzo de 2013, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1°.- De la Aprobacion de la Cesion de Posicion Contractual Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, aprobado por Decreto Supremo N° 066-2006-EM, y modificado mediante Decreto Supremo N° 024-2010-EM y, Decreto Supremo N° 048-2012-EM, por parte de MAUREL ET PROM PERU S.A.C. a favor de PACIFIC STRATUS ENERGY S.A., SUCURSAL DEL PERU; asi como la modificacion del citado contrato derivada de la cesion que se aprueba en el presente Articulo. Articulo 2º.- De la Autorizacion para suscribir la Cesion de Posicion Contractual Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas MAUREL ET PROM PERU S.A.C. y PACIFIC STRATUS ENERGY S.A., SUCURSAL DEL PERU, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, que se aprueba en el Articulo 1° del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a XSTRATA MORDAZA S.A. por el desarrollo del proyecto denominado "Antapaccay"; asimismo, se aprobo la lista de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, asi como los servicios y contratos de construccion senalados en los Anexos I y II de la mencionada Resolucion; Que, conforme con el numeral 5.3 del articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Resolucion Suprema que califique a las personas naturales o juridicas para el goce del Regimen Especial de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas debera ser refrendada por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, y senalar: (i) la(s) persona(s) natural(es) o juridica(s) contratista(s) del Contrato de Inversion por el que se aprueba la aplicacion del Regimen; (ii) el monto de la inversion a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, el monto de inversion de cada etapa o tramo; (iii) el plazo de ejecucion de la inversion; (iv) los requisitos y caracteristicas que debera cumplir el Proyecto; (v) la cobertura del Regimen, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion que se autorizan. Que, con fecha 29 de agosto de 2012 el Ministerio de Energia y Minas, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada y XSTRATA MORDAZA S.A. han suscrito una Adenda de Modificacion del Contrato de Inversion celebrado con XSTRATA MORDAZA S.A. por el cual se reduce el monto de la inversion y el plazo de ejecucion de la inversion comprometida; Que, resulta necesario modificar la Resolucion Suprema Nº 031-2011-EM, a fin de incorporar la modificacion efectuada respecto al monto y plazo para realizar la inversion comprometida; De conformidad con lo establecido en el numeral 5.3 del articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2007EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificacion del articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 031-2011-EM Modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 031-2011-EM, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 2º.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Articulo 5° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversion a cargo de XSTRATA MORDAZA S.A. asciende a US$ 983 164 000,00 (Novecientos Ochenta y Tres Millones Ciento Sesenta y Cuatro Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) anos, contado a partir del 24 de noviembre de 2010." Articulo 2º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese.

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Modifican articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 031-2011-EM que califico para efecto del Decreto Legislativo Nº 973 a XSTRATA MORDAZA S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2013--EM
MORDAZA, 27 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de noviembre de 2010, XSTRATA MORDAZA S.A. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el Articulo 3º del referido Decreto Legislativo; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 031-2011EM, se aprobo como empresa calificada, para efecto del

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban Tercera Modificacion al Contrato de Concesion Nº 205-2003, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Red de Energia del Peru S.A. (REP)
RESOLUCION SUPREMA Nº 042-2013-EM MORDAZA, 27 de junio de 2013

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