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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 el cual contiene el Informe Técnico Nº 17-2012-MVH del 28.11.2012, indicando que el predio antes indicado, cuenta con un área de 2,506.04 m2 y con las siguientes medidas perimétricas: Por el Frente, Colinda con la Calle Prolongación Tacna (Actual Jr. Combate de Iquique), con una línea recta de 102.35 ml y una línea semi curva de 4.00 ml, por la Derecha entrando, colinda con Propiedad de Terceros, con 63.13 ml y Por la Izquierda entrando, colinda con Propiedad de Terceros, con una línea quebrada de 2 tramos que mide partiendo del lindero del frente, el primer tramo con 25.83 ml y el segundo tramo con 54.86 ml. y se encuentra registralmente en condición rústico; Que, asimismo, se indica que el predio matriz, se encuentra ubicado en el Sector 1 del distrito de Santiago de Surco, considerado dentro del Área de Tratamiento Normativo II, con ZONIFICACION: RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), aprobada por Ordenanza Nº 1076-MML, publicada el 08.10.2007 y con trazos viales circundantes defi nidos; Que, conforme a lo previsto en el Artículo 24º-A de la Ley Nº 29898, Ley que modifi ca la Ley Nº 29090 - Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, se cumplió en comunicar a los propietarios registrales y a los ocupantes del predio matriz inscrito en la Ficha Nº 1129737 y su continuación en la P.E. Nº 44814064; Que, de acuerdo a la inspección en campo y el levantamiento de medidas perimétricas realizada por el equipo técnico de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, se verifi có que la Urbanización Cercado, Manzana 2417, Lotes del 3 al 9, se encuentra conformado por un Área Útil de 2,506.04 m2; conforme a los Planos: PU-027-2012-SGPUC-GDU-MSS y PTL-028- 2012-SGPUC-GDU-MSS; Que, en el citado Informe, indica que registralmente el predio tiene la condición de rústico, no obstante estar considerado dentro del área urbana, con edifi caciones de carácter permanente, instalaciones de agua potable, alcantarillado e instalaciones eléctricas, cumpliendo de esta manera con las características físicas que señala el Artículo 24º-A de la Ley Nº 29898; Que, con Informe Nº 994-2012-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Urbanización Cercado, Manzana 2417, Lotes del 3 al 9, conforme a los Planos: PU- 027-2012-SGPUC-GDU-MSS y PTL-028-2012-SGPUC- GDU-MSS, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades, en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo declare; Estando al Informe Nº 343-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 594-2012- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, al Informe Nº 994-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y al amparo de la Ley Nº 29090 y su modifi catoria Ley Nº 29898, Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Habilitación Urbana de Ofi cio de la URBANIZACIÓN CERCADO, MANZANA 2417 LOTES DEL 3 AL 9, con un área total de 2,506.04 m2, de acuerdo a los planos PU-027-2012-SGPUC- GDU-MSS y PTL-028-2012-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban con la presente Resolución. Artículo Segundo.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Cercado, Manzana 2417 Lotes del 3 al 9, contenido en el Plano PTL-028-2012-SGPUC-GDU-MSS, el mismo que defi ne el área útil y por consiguiente su área total. Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral a uso urbano de los lotes que conforman la Habilitación Urbana de Ofi cio que se aprueba de acuerdo a los planos PU-027- 2012-SGPUC-GDU-MSS y PTL-028-2012-SGPUC-GDU- MSS, que forman parte de la presente resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX Zona Registral-Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías, de acuerdo al Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades son bienes de uso y dominio público. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 906364-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan plazos de vencimiento de pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013-MDLP-ALC La Perla, 28 de febrero del 2013 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Memorándum Nº 177-2013-GAT/MDLP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 076-2013- GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 028-2013-GM-MDLP de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15º del texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto supremo Nº 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial podrá ser cancelado al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF prescribe que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, con Ordenanza Nº 001-2013-MDLP fueron establecidas las fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondientes al ejercicio 2013; Que, en el artículo primero de las disposiciones fi nales de la Ordenanza Nº 001-2013-MDLP se faculta al Alcalde la Municipalidad Distrital de La Perla, establecer fechas distintivas a los señalados en dicha Ordenanza a través de Decreto de Alcaldía; Que, es necesario brindar las facilidades a los contribuyentes, prorrogando el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado o fraccionado correspondiente al ejercicio 2013; y los arbitrios municipales de los meses de enero, febrero y marzo del ejercicio 2013; Estando a lo expuesto y, de acuerdo a las facultades conferidas por Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y, en cumplimiento de lo establecido en la primera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 001-2013-MDLP, DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo para el vencimiento del pago del Impuesto Predial, al contado y 490012