Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 906641-3

489997

Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 0172002-PCM. 4. Constituye reiterada jurisprudencia por parte de este organo colegiado (a partir de las Resoluciones Nº 4102009-JNE y Nº 658-A-2009-JNE) que la determinacion del acto de nepotismo comporte la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. Analisis del caso concreto Existencia de la relacion de parentesco 5. En el presente caso, se acusa la injerencia de un regidor para la contratacion del padre (Miguel MORDAZA MORDAZA Chavez) de la esposa (Claudia MORDAZA MORDAZA Flores) de su hijo (Pedro MORDAZA MORDAZA Melendez). Al respecto, debe tenerse presente que en el articulo 2 del Reglamento de la Ley Nº 26771 se senala textualmente que la configuracion del acto de nepotismo se da cuando "los funcionarios de direccion y/o personal de confianza de la Entidad ejerzan su facultad de nombramiento y contratacion de personal respecto de parientes hasta el MORDAZA grado de consaguinidad, MORDAZA de afinidad y por razon de matrimonio; o cuando los funcionarios descritos precedentemente ejerzan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratacion de personal". Tambien es necesario resaltar, respecto al parentesco por afinidad, que en el articulo 237 del Codigo Civil se dispone que "El matrimonio produce parentesco de afinidad entre cada uno de los conyuges con los parientes consanguineos del otro (...)." 6. Para este Supremo Tribunal Electoral, las referencias normativas MORDAZA descritas permiten concluir dos cuestiones de especial relevancia para el presente caso: a. Que entre los consuegros no existe un vinculo de afinidad, debido a que este se da entre los conyuges y sus afines y no entre los parientes consanguineos de los conyuges. b. La relacion o vinculo que pueda existir entre los consuegros se encuentra fuera del ambito de aplicacion de la causal de nepotismo. 7. Por lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral considera, en aplicacion del MORDAZA de legalidad, que el hecho expuesto por el apelante no se encuentra dentro de los supuestos que configuran el acto de nepotismo. En ese sentido, resulta inoficioso ingresar al analisis de los elementos que determinar la causal de vacancia alegada por el apelante y, en consecuencia, debe declararse infundado el recurso de apelacion. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruz. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 0101-2012-MDCGAL-CM, que a su vez rechazo la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

Confirman Acuerdo de Concejo que declaro improcedente solicitud de vacancia de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 064-2013-JNE Expediente Nº J-2012-01668 SAN MORDAZA MORDAZA - HUAMANGA - MORDAZA MORDAZA, veinticuatro de enero de dos mil trece VISTO en audiencia publica del 24 de enero de 2013, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Eccona MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 170-2012-MDSB/AYA, de fecha 9 de noviembre de 2012, que declaro improcedente la solicitud de vacancia formulada contra Wilber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 10, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 7 de setiembre de 2012, MORDAZA Eccona MORDAZA solicito el traslado de su pedido de vacancia contra Wilber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, imputandole haber incurrido en la causal prevista del articulo 22, numeral 10, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), concordante con el numeral 2 del articulo 6 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), por cuanto el MORDAZA mencionado nunca vivio en el MORDAZA Munive Nº 112, distrito de San MORDAZA MORDAZA, conforme consta en su hoja de MORDAZA de candidato, obrante en el JNE, lo cual se comprueba con las declaraciones juradas notariales de dos vecinos domiciliados por mas de treinta anos en el MORDAZA Munive Nº 112, distrito de San MORDAZA MORDAZA, quienes manifestaron que en ningun momento observaron la presencia, menos la residencia, ni siquiera esporadica, del alcalde; ademas de que el propio MORDAZA ha reconocido en su manifestacion indagatoria, efectuada ante la Fiscalia de Prevencion de Delito de MORDAZA, que no ha tenido como domicilio durante 38 anos el MORDAZA Munive Nº 112. Descargos del MORDAZA El 29 de octubre de 2012, el MORDAZA, en su descargo, ha manifestado que durante el MORDAZA eleccionario subsano la observacion del MORDAZA Electoral Especial sobre la informacion que se habia consignado en su hoja de MORDAZA, es decir, que mantuvo residencia durante 38 anos en el MORDAZA Munive Nº 112, distrito de San MORDAZA MORDAZA, habiendo acreditado, en esa oportunidad, con la MORDAZA de la gobernacion distrital, con la informacion del Reniec y con la MORDAZA de trabajo emitida por la Direccion Regional de Salud de MORDAZA, de fecha 30 de junio de 2010, que desde

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.