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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2013 (02/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Resolución SBS N°1303-2013 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085- 16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Lourdes Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, a la ciudad de Singapur, República de Singapur del 06 al 15 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada profesional, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 3 019.18 Viáticos US$ 1 820.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 906360-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Amplían alcances de Beneficio por Pronto Pago establecido en la Ordenanza N° 249-A/MDC, que fuera prorrogado por Ordenanza N° 271/MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013/MDC Carabayllo, 26 de febrero del 2,013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO VISTOS: El Memorándum Nº 025-2013-GAT/MDC, de fecha 25 de febrero de 2013, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, y de acuerdo a la Ordenanza 249-A/MDC y la Ordenanza Nº 271/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 74º del mismo marco jurídico, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, lo cual, concordado con la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante la Ordenanza Nº 249-A/MDC, se aprueba el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines públicos y Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Carabayllo correspondiente al Ejercicio 2012, la misma que fue ratifi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 1564-MML, y ambas publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2011. Que, el Art. 19º de la Ordenanza Nº 249-A/MDC, señala que para el ejercicio 2012 se considera como incentivo por PRONTO PAGO al pago adelantado de los Arbitrios de todo el año hasta el último día hábil del mes de febrero, en cuyo caso se otorgará el descuento del 15% del monto total de los Arbitrios que le corresponda. El referido descuento no incluye los derechos de Emisión. Que, mediante la Ordenanza Nº271/MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, se establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2013, la misma que fue ratifi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 2312-MML, ambas publicadas el 22 de diciembre de 2012. Que, en la Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 271/MDC, se establece que se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Que, mediante Memorándum Nº 025-2013-GAT/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria, refi ere que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio establecido en la Ordenanza Nº 271/MDC la misma que prorroga el benefi cio establecido en el Art. 19º de la Ordenanza Nº 249-A/MDC; y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes de nuestro distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con cancelar sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de marzo de 2013. Que, mediante Informe Nº 0029-2013-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que estando a lo indicado por la Gerencia de Administración Tributaria y al Art. 19º de la Ordenanza Nº 249-A/MDC y conforme a lo dispuesto su Primera Disposición Final, es de opinión de esta Gerencia que proceda con la emisión de la correspondiente norma mediante el cual se PRORROGUE hasta el 31 de marzo de 2013, el incentivo por PRONTO PAGO de descuento del 15% del monto total de los Arbitrios al pago adelantado de todo el año. Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Que, estando a lo expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 31 de Marzo de 2013, los alcances del Benefi cio de PRONTO PAGO establecido en el Art. 19º de la Ordenanza Nº 249-A/MDC, la misma que fue prorrogado por la Ordenanza Nº 271/ MDC, mediante el cual se otorga el incentivo por PRONTO PAGO al pago adelantado de los Arbitrios de todo el año, hasta el último día hábil del mes de febrero, en cuyo caso 490006