Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

490010

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

27680, Ley de la Reforma Constitucional, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, mediante ordenanza Nº 246-MDSM se aprueba el MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo para el ejercicio 2013 en el distrito de San MORDAZA, otorgandose como incentivo por pago al contado, el descuento del diez por ciento (10%) para los contribuyentes que no tengan deudas de anos anteriores al 31 de diciembre de 2012 y cinco por ciento (5%) para los contribuyentes que mantenga deudas pendientes, siempre que el pago se realice hasta el 28 de febrero de 2013; por otra parte, mediante ordenanza Nº 244-MDSM, se establece la misma fecha para el vencimiento del pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2013, facultando en ambos casos, al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de las referidas; Que, el articulo 42º de la ley Nº 27972, senala que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, en tanto que el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, dispone que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anualmente, hasta el ultimo dia habil, salvo que el municipio establezcan su prorroga; Que, siendo politica de esta administracion brindar mayores facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, de modo que puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, resulta conveniente prorrogar la fecha de pago de la primera cuota del impuesto predial y del incentivo por pago al contado de los arbitrios municipales; Que, estando a lo expuesto y con cargo a dar cuenta al concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el articulo 20º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades: SE DECRETA: Articulo 1°.- PRORROGAR en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, hasta el 27 de marzo de 2013, el plazo de vencimiento para la MORDAZA de la declaracion jurada del autoavaluo del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2013 y el pago al contado de la primera cuota del tributo referido. Articulo 2°.- PRORROGAR en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, hasta el 27 de marzo de 2013, el plazo de vencimiento del incentivo por pago al contado de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo correspondientes al ejercicio 2013. Articulo 3°.- ENCARGAR el cabal cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Gerencia de Imagen Institucional, Subgerencia de Registro y Recaudacion Tributaria, Subgerencia de Tesoreria y la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 906988-1

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 03-2013-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, el Memorandum Nº 038-2013-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 041-2013-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 008-2013-GPPDI-MSS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y otros, sobre ratificacion del Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS que establece el ingreso mensual que por todo concepto percibe el senor MORDAZA y el monto de las Dietas de los senores Regidores, para el Ejercicio Presupuestal 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS aprobado con fecha 27.01.2012, se acordo, establecer el ingreso mensual por todo concepto que percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, para el Ejercicio Presupuestal 2012, el mismo que sera por la suma de S/. 9.100.00 (NUEVE MIL CIEN y 00/100 NUEVOS SOLES). Asimismo, se establecio que el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo sera de un monto que no supera en total el 30% del ingreso mensual del senor MORDAZA, abonandose hasta un MORDAZA de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2012; Que a este respecto, se tiene que la Ley Nº 28212 ­ Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, senala en su articulo 4º - Regimen de Remuneraciones, literal e) que los Alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de sus circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA URSP, por todo concepto; siendo que el articulo 5º - Remuneracion de Otros Funcionarios, senala en su numeral 1) que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos Concejos Regionales y Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. Agregando que en ningun caso pueden superar el 30% de la remuneracion del Presidente Regional o MORDAZA correspondiente; Que, el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que modifica el articulo 5º de la Ley Nº 28212, senala que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos Concejos Regionales y Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. Agregando que en ningun caso pueden superar el 30% de la remuneracion del Presidente Regional o MORDAZA correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, senala en su articulo 3º - Cuadro para la determinacion de los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales - 3.1) Los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parametros para la determinacion de sus ingresos, que como Anexo es parte integrante de la presente norma; 3.2) Los Concejos Municipales, para efecto de aplicar el Anexo senalado en el numeral precedente, deben tomar en cuenta los pasos siguientes: a) Determinar la proporcion de la poblacion electoral de su circunscripcion, de acuerdo a la informacion de poblacion electoral emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, la misma que esta publicada en la pagina web de dicha entidad (www.reniec.gob.pe), conforme a lo establecido en el articulo 4 literal e) de la Ley Nº 28212, b) Ubicar la proporcion de la poblacion electoral en la escala para determinar el monto del ingreso MORDAZA mensual que corresponda a dicha escala, c) Otorgar a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Departamento y de la Provincia Constitucional del Callao, a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Provincia, asi como a los Alcaldes de Municipalidades Distritales de la Provincia de

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Ratifican el Acuerdo de Concejo Nº 012012-ACSS, que establece montos del ingreso mensual del MORDAZA y de dietas de regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2013-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 30 de enero del 2013

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