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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2013 (02/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, en consecuencia se ha considerado pertinente designar en el cargo de Sub Gerente de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto al señor PEDRO MARTÍN CHUMPITAZ DIAZ, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, siendo necesario dar por concluida la designación señalada en el segundo considerando de la presente Resolución Jefatural; Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 049-2013/JNAC/RENIEC (08FEB2013), se encargó a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, desde el 13 de febrero al 14 de marzo de 2013; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Jefatural, la designación conferida al señor JAIME ARANA CISNEROS HUAMÁN DE LOS HEROS, en el cargo de confi anza de Sub Gerente de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Jefatural, al señor PEDRO MARTÍN CHUMPITAZ DIAZ, en el cargo de confi anza de Sub Gerente de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, vigente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Recursos Humanos. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 906956-1 Establecen gratuidad en procedimientos de inscripción, duplicado, renovación y cambio de lugar de entrega del documento nacional de identidad que realicen los ciudadanos menos favorecidos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 072-2013/JNAC/RENIEC Lima, 1 de marzo de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 0141-2012/ GRIAS/RENIEC (19DIC2012) y el Informe N° 000043- 2012/GRIAS/RENIEC (19DIC2012) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; los Memorandos N° 002271-2012/GPP/RENIEC (26DIC2012), N° 000166- 2013/GPP/RENIEC (25ENE2013), N° 000178-2013/GPP/ RENIEC (28ENE2013) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; los Informes N° 002886-2012/GPP/SGP/ RENIEC (26DIC2012), N° 000107-2013/GPP/SGP/ RENIEC (25ENE2013) y N° 000121-2013/GPP/SGP/ RENIEC (28ENE2013) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; la Hoja de Elevación N° 000010-2013/GI/RENIEC (09ENE2013) de la Gerencia de Informática; el Informe N° 000008-2013/ GI/SGIS/RENIEC (04ENE2013) de la Sub Gerencia de Ingeniería de Software de la Gerencia de Informática y el Informe N° 000210-2013/GAJ/RENIEC (31ENE2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identifi cación que los individualice de los demás; Que en virtud a lo establecido en el artículo 120° del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (GRIAS), es el órgano de línea encargado de proponer y ejecutar los lineamientos y políticas institucionales en materia de apoyo social a los grupos poblacionales menos favorecidos, considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; con especial énfasis en la población indocumentada. Tiene a su cargo la formulación y ejecución de los Planes Institucionales contra la indocumentación; Que en atención a ello, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, manifi esta que en el marco de sus funciones mantiene contacto directo con las personas en situación de vulnerabilidad y con las instituciones del Estado y de la sociedad civil involucradas en la defensa, promoción y protección de sus derechos, razón por la cual recomienda se dicten medidas conducentes a garantizar el acceso al documento nacional de identidad de dicho sector de la población en situación de vulnerabilidad, exclusión social o que se encuentren atravesando por situaciones de excepcional urgencia que requieren de dicho documento (porque se encuentran hospitalizadas, requieren de intervención quirúrgica o necesiten afi liarse al seguro para recibir el tratamiento), así como aquellas personas que como consecuencia de desastres naturales o siniestros requieran contar con su documento nacional de identidad; Que asimismo la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social solicita se autorice de manera excepcional la gratuidad en el cambio de lugar de entrega del documento nacional de identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que asimismo la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, efectúa las precisiones relativas al impacto presupuestario de las resoluciones de gratuidad durante el año 2012, así como el universo de trámites efectuados a su amparo; adicionalmente señala que el egreso que demande la propuesta de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser fi nanciada con cargo al presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas por la fuente de Recursos Ordinarios orientados a cubrir las campañas de gratuidad que realice el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil durante el año 2013 y que favorezcan a la población de menores y mayores de edad que se encuentren en situación de pobreza y vulnerabilidad a nivel nacional y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto 490002