Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 39022-01-2012 de fecha 25 de MORDAZA de 2012 y acumulados, promovido por INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L., representado por su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Refulio, mediante el cual solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del inmueble con un area de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 58, Ex Fundo Naranjal, signado con Unidad Catastral Nº 10667, inscrito en la Ficha Registral Nº 307247 y su continuacion en Partida Electronica Nº 43849042 de la Oficina Nacional de los Registros Publicos, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion El Bulevar de Naranjal, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Nº 29090, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 1º establece la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 39022-01-2012 de fecha 25 de MORDAZA del 2012 y acumulados, Inmobiliaria Casagrande S.R.L. y otros solicitan la aprobacion del tramite de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del inmueble con un area de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela Nº 58, Ex Fundo Naranjal, signado con Unidad Catastral Nº 10667, donde se desarrolla la Urbanizacion El Bulevar de Naranjal, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, con Codificado Nº 39022-01-2012 de fecha 25 de Setiembre de 2012, Inmobiliaria Casagrande S.R.L. adjunta documentacion tecnica rectificando las observaciones senaladas en Oficio Nº 737-2012-SGCyHU-GDU/MDSMP de fecha 31 de MORDAZA del 2012; Que, mediante Valorizacion Nº 022-2012-SGCyHUGDU-MDSMP de fecha 03 de Octubre del 2012, se calculo el valor por Proyectos y Control de Obras cuyo monto total asciende a la suma de S/. 12,472.60 nuevos soles; Que, mediante Resolucion de Subgerencia Nº 3122012-SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 28 de Diciembre del 2012, se resuelve aprobar el fraccionamiento solicitado por la empresa INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L., en

cuatro armadas, la primera por el 50% del concepto de la valorizacion de Proyecto y Control de Obra, por el monto de S/. 6,240.00 Nuevos Soles (pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal con Recibo de Pago Nº 1313000421 de fecha 15 de Enero del 2013) y las otras tres armadas restantes por el monto de S/. 2,078.00 Nuevos Soles cada una; Que, mediante el Informe Nº 029-2013-GRND-SGCyHUGDU-MDSMP de fecha 17 de Enero del 2013, el tecnico del area de habilitaciones urbanas senala que el administrado ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el MORDAZA de esta corporacion; y la inspeccion ocular practicada verifica que el plano presentado coincide con lo fisicamente existente en el terreno, observandose que existe una consolidacion de viviendas (al 100%), constatandose la existencia de los servicios de energia electrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo se indica que la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del inmueble constituido por la Parcela 58, Ex Fundo Naranjal, signado con Unidad Catastral Nº 10667, calificado con Usos Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ", sobre el que se desarrolla la Urbanizacion El Bulevar de Naranjal, cumple con los planes urbanos respecto a la zonificacion, vias y aportes reglamentarios; Que, estando el Informe Nº 021-2013-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 18 de Enero del 2013, emitido por el area legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta entidad administrativa, donde senala que habiendose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del inmueble con un area superficial de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 58, Ex Fundo Naranjal, signado con Unidad Catastral Nº 10667, inscrito en la Ficha Registral Nº 307247 y su continuacion en Partida Electronica Nº 43849042 de la Oficina Nacional de los Registros Publicos, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion El Bulevar de Naranjal, de conformidad con el Plano signado con Nº 006-2013-SGCyHU-GDUMDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, AUTORIZANDO a INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir del ingreso del Expediente del Visto; De conformidad con el articulo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; Articulo 201º, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edificaciones, Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Ordenanza Nº 341-MML y Ordenanza Nº 1015-MML; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Usos Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del inmueble con un area superficial de 39,150.00 m2, constituido por la Parcela 58, Ex Fundo Naranjal, signado con Unidad Catastral Nº 10667, inscrito en la Ficha Registral Nº 307247 y su continuacion en Partida Electronica Nº 43849042 de la Oficina Nacional de los Registros Publicos, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion El Bulevar de Naranjal, de conformidad con el Plano signado con Nº 006-2013-SGCyHU-GDUMDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado y electrificacion y autorizar a Inmobiliaria Casagrande S.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras faltantes de Habilitacion MORDAZA como son las obras de pavimentacion de pistas y veredas y senalizacion de la Habilitacion MORDAZA del terreno de 39,150.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolucion sera computado a partir del ingreso del expediente cuya fecha es 25 de MORDAZA de 2012, venciendo el plazo el 24 de MORDAZA de 2015. La prorroga debera solicitarse dentro de los treinta dias calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberan sujetarse al plano firmado y MORDAZA por la

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