Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490011

MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao, segun corresponda, una asignacion adicional conforme a los porcentajes y limites establecidos en el Anexo que forma parte de la presente MORDAZA, d) Verificar que en ningun caso la sumatoria de los montos determinados en los pasos senalados en los literales b) y c) precedentes, superen las 4 ¼ Unidades de Ingreso del Sector Publico, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 28212 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; Ratificando en su articulo 5º, que las Dietas que perciben los Regidores Municipales, no podran superar el 30% de los ingresos que por todo concepto percibe el Alcalde; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece sobre: "Ingresos del Personal ­ Prohibase en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estimulos, incentivos y beneficios de toda indole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobacion de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estimulos, retribuciones, dietas y beneficios de toda indole con las mismas caracteristicas senaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente MORDAZA y disposiciones legales vigentes. La prohibicion incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas"; Que, mediante Memorandum Nº 008-2013-GPPDIMSS de fecha 09.01.2013, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional senala que, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2013, se ha considerado la remuneracion del senor MORDAZA vigente al 31.12.2012 y por ende, los mismos montos por concepto de dieta que percibe cada Regidor; Que en este contexto, a traves del Informe Nº 0412013-GAJ-MSS de fecha 17.01.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye opinando por considerar procedente la ratificacion del Acuerdo de Concejo Nº 012012-ACSS, que establece el ingreso mensual que por todo concepto percibe el MORDAZA y el monto de dieta de los regidores de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, acorde a lo establecido en la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 y el Decreto de Supremo Nº 025-2007-PCM; Estando a lo expuesto, y conforme al Dictamen Conjunto Nº 03-2013-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, de conformidad con los Articulos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Pleno de Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura ya probacion del acta, adopto por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.-. RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS de fecha 27.01.2012 que establece el ingreso mensual que por todo concepto percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, para el presente Ejercicio Presupuestal 2013, el mismo que sera por la suma de S/. 9.100.00 (NUEVE MIL CIEN y 00/100 NUEVOS SOLES). Asimismo, se establece que el MORDAZA no percibe ningun otro ingreso. Articulo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS de fecha 27.01.2012 que establece que el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, sera de un monto que no supera en total el 30% del ingreso mensual del senor MORDAZA, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2013. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 906365-1

Declaran habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION Nº 074-2013-RASS MORDAZA de MORDAZA, 24 de enero de 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 343-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 594-2012SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y el Informe Nº 994-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Documento Nº 2343622012, sobre declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno de 2,506.04 m2 constituido por la Urbanizacion Cercado, Manzana 2417, Lotes del 3 al 9, la misma, que se encuentra inscrita en la Ficha Nº 1129737 y su continuacion en la P.E. Nº 44814064 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 ­ establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar, regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134º de la Ordenanza Nº 396-MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, establece que: "Las municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de los predios registralmente calificados como rusticos ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, con fecha 16.06.2011 se aprobo la Ordenanza Nº 388-MSS, a traves de la cual, se Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA y con Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobo el Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, - Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco..."; Que, mediante Informe Nº 343-2012-GDU-MSS del 14.12.2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA de la Provincia de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 1129737 y su continuacion en la P.E. Nº 44814064 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, denominado Urbanizacion Cercado, Manzana 2417, Lotes del 3 al 9, sustentando la misma en el Informe Nº 594-2012-SGPUC-GDU-MMS del 12.12.2012, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro,

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