Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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Texto del Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Financiamiento de un programa de apoyo para la realizacion de estudios y consultorias", ratificado mediante Decreto Supremo N° 0072013-RE
CONVENIO ESPECIFICO entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Financiamiento de un programa de apoyo para la realizacion de estudios y consultorias"

- Analisis estrategicos en los sectores de intervencion de la cooperacion peruano-belga; - Seminarios, talleres o actividades de formacion en beneficio del personal de la administracion peruana, destinadas a fortalecer sus capacidades en relacion a la preparacion de programas y proyectos de desarrollo; - Estudios, misiones, seminarios y actividades de formacion relativos a la incorporacion de temas transversales (genero, medio ambiente, derechos de los ninos) en los enfoques sectoriales, programas y proyectos. b) Estudios exploratorios en preparacion de los Programas Indicativos de Cooperacion de la cooperacion bilateral peruano ­ belga. Un MORDAZA de 25% de la contribucion belga al Programa podra ser destinado al financiamiento de operaciones en apoyo a la aplicacion de la Declaracion de MORDAZA sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo. De ser posible, los estudios se ejecutaran conjuntamente con otros donantes. 1.3 Los Ministerios y otros Organismos publicos involucrados en los sectores prioritarios de la Parte peruana son los unicos que se pueden beneficiar de los recursos del Programa. 1.4 Todo financiamiento de una operacion por medio del Programa, no compromete en ningun caso a las Partes a financiar las acciones recomendadas por esta intervencion. Articulo 2 - Contribucion al Programa La contribucion belga al Programa es de un millon de euros renovables mediante intercambio de Notas. Articulo 3 - Responsabilidades de las Partes 3.1. El Programa es gestionado conjuntamente por las Partes. 3.2. La Parte peruana designa a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), como la entidad administrativa responsable de la gestion del Programa, denominado Gestor. Un mes despues de la entrada en MORDAZA del presente Convenio, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional designa en su seno, a un Gestor del Programa, quien asume las responsabilidades de: - Aprobar, por la Parte peruana, las propuestas de operaciones que seran financiadas por el Programa; - Verificar la correcta aplicacion de los procedimientos de seleccion y aprobacion de las operaciones que se financiaran segun lo definido en el Articulo 6 del presente Convenio Especifico; - Aprobar los gastos a ser considerados en la cuenta del Programa; - Garantizar la organizacion y la coordinacion de las actividades en el MORDAZA del Programa y de las diferentes instancias publicas implicadas. El Ministerio o el Organismo publico beneficiario de una intervencion financiada por el Programa participara en el seguimiento tecnico de la intervencion. La ejecucion de las operaciones a financiar por el Programa, se confiara a traves de un contrato y por un plazo definido, a una empresa o una organizacion privada, en adelante, denominada « El Operador », responsable de la ejecucion desde la aprobacion de los terminos de referencia hasta la certificacion de la conformidad de la ejecucion o de los servicios prestados. 3.3. La Parte belga designa a la Direccion general de la Cooperacion al Desarrollo del Servicio publico federal de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y la Cooperacion al Desarrollo, en adelante denominada "la DGD", como la entidad administrativa responsable de su contribucion. La DGD esta representada en el Peru por el Agregado de

El Reino de Belgica, de una parte, y la Republica del Peru, de otra parte, en adelante denominados « las Partes », Considerando las relaciones de amistad y solidaridad existentes entre ambos Estados, Considerando el Convenio General de Cooperacion Internacional entre el Reino de Belgica y la Republica del Peru, firmado el dia 15 de octubre de 2002, Considerando el Programa Indicativo de Cooperacion bilateral 2010-2013 firmado el 24 de setiembre del 2009. Han convenido las siguientes disposiciones: Articulo 1 - Objeto del Convenio 1.1. Las Partes acuerdan firmar un Convenio Especifico relativo al financiamiento de un Programa para la realizacion de estudios y consultorias, en adelante denominado "el Programa". El objetivo del Programa es reforzar las capacidades de las instituciones publicas del Peru en apoyo, por un lado, a los sectores de la cooperacion belga y a la preparacion del Programa Indicativo de Cooperacion y, por otro lado, en el MORDAZA de la aplicacion de la Declaracion de MORDAZA sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo. 1.2 El Programa podra financiar, total o parcialmente, las operaciones siguientes: a) En apoyo a los sectores prioritarios de la Cooperacion belga en el Peru o a la aplicacion de la Declaracion de Paris: - Estudios de identificacion de proyectos y programas de desarrollo; - Preparacion del pliego de condiciones para estudios en los cuales las administraciones carecen de los conocimientos tecnicos necesarios; - Consultorias y misiones de menos de 12 meses de duracion, ligados a la preparacion y aplicacion de los programas y proyectos de desarrollo;

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