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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de marzo de 2013 491281 Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional, que de manera previa a la ejecución de la transferencia fi nanciera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Acarí, el mismo que deberá ser remitido en copia al Consejo Regional. Tercero.- El monitoreo y seguimiento de la Obra mencionada en el artículo precedente, recaerá en el Órgano del Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura; y, la fi scalización se efectuará a través de los Consejeros Regionales de Arequipa; texto que deberá ser incluido como clausula en el Convenio. Cuarto.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identifi cado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3) del artículo 12 de la Ley 29951 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en consecuencia, la Gerencia General Regional deberá: ((a)) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los fondos públicos transferidos en forma mensual a través del Informe correspondiente; ((b)) Verifi car el cumplimiento efectivo de los fi nes, metas físicas y fi nancieras del Proyecto de Inversión, debiendo presentar un Informe detallado al fi nal de su ejecución. Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a la Ley Nº 29951/Ley de Presupuesto Público para el Año 2013. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. JOSÉ CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 913928-3 ACUERDO REGIONAL Nº 027-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 11 de Marzo del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12°, numeral 12.1 inciso c) de la Ley N° 29951/Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2013, el Gobierno Regional autoriza las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 de artículo 12° de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias fi nancieras, en el caso de los Gobierno Regionales, se realizan mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Ofi cina de Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, a través del informe N° 386-2013-GRA/ ORDNDC, detalla los estragos e impactos que viene ocasionando la actual estación de lluvias en la Región Arequipa, específi camente en el Distrito de Bella Unión – Provincia Caravelí. Que, ante estos eventos, deviene en necesaria la ejecución de acciones urgentes e inmediatas tanto para la prevención de desastres mayores, como para la rehabilitación de zonas afectadas, ello en concordancia con las funciones que la Ley N° 27867/ Ley Orgánica de Gobierno Regionales ha establecido en los incisos b) y c) del artículo 61; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA- 2013) del Gobierno Regional de Arequipa, de acuerdo a las previsiones del gasto para la ejecución de proyectos de inversión en el Año Fiscal 2013, ha priorizado la continuidad de ejecución del Proyecto de Inversión siguiente: “Atención de Emergencias Frente a Desastres Naturales en la Región Arequipa”; Que, actualmente el evento de riesgo más urgente identifi cado, es el incremento de los caudales de los ríos con los consecuentes desbordes y arrasamientos, lo cual, ha puesto en situación de peligro a los habitantes, las actividades económicas de nuestra cuencas, y también, la transitabilidad por nuestras vías; por tanto, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 088-2013-GRA/PR declaró en situación de emergencia a los distritos de Acarí, Jaquí y Bella Unión de la Provincia de Caravelí por el plazo de (30) días calendarios; Que, mediante Ofi cio Nro. 217-2013-GRA/PR-GGR, la Gerencia General del Gobierno Regional hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Bella Unión; asimismo se adjunta el informe favorable de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, Informe N° 050-2013-GRA/ORPPOT, mediante el cual informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia fi nanciera, siendo los componentes el siguiente: Componentes de la Transferencia Financiera Transfi ere Gobierno Regional de Arequipa A favor de Municipalidad Distrital de Bella Unión Monto S/. 36,000.00 (Treinta y seis mil con 00/100 nuevos soles) Fuente Financiamiento Recursos Ordinarios Ejercicio Fiscal 2013 Proyecto “Atención de Emergencia Frente a Desastres Naturales en la Región Arequipa”. Código SIAF 2 057689 Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de proyectos de inversión, (ii) a la verifi cación del informe favorable de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y (iii) correspondiendo al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del ítem 12.2 del artículo 12 de la Ley 29951 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, al Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154- AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Bella Unión, Región Arequipa, por el monto de S/. 36,000.00 (Treinta y seis mil con 00/100 nuevos soles) para la ejecución de la obra denominada “Atención de Emergencia Frente a Desastres Naturales en la Región Arequipa”. Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional, que de manera previa a la ejecución de la transferencia fi nanciera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el