Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

Que, el Art. 29° del Codigo Tributario, dispone que, el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogada, con caracter general, por la administracion tributaria; Que, estando a lo dispuesto y la conformidad con el numeral 8 del articulo 9º, articulo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA mayoritario del Concejo Provincial, y con la dispensa del dictamen de comision, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA EL PAGO AL CONTADO Y DEL PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL EJERCICIO FISCAL 2013 Articulo 1º.- PRORROGAR, con caracter general, el plazo para el pago al contado y el primer trimestre del Impuesto Predial, ejercicio 2013, hasta el 27 de marzo del 2013. Articulo 2º.- Las ultimas cuotas trimestrales del Impuesto Predial - Ejercicio Fiscal 2013, deberan ser cancelados en las fechas senaladas en la Ordenanza Nº 08-2013-MPC. Articulo 3º.- Deroguese las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 913918-3

Autorizan inscripcion de empresas de Transporte de Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores en el ambito MORDAZA y Rural del distrito
ORDENANZA Nº 010-2013-MPC Canete, 06 de marzo 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion al Informe Nº 0012013-GT-MTC de fecha 03 de Enero de 2013, por el cual la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, remite el proyecto de Ordenanza, relacionado a la formalizacion de unidades de transporte menores que prestan el servicio informal, en el Distrito de San Vicente; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, senala que los Gobiernos Locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a las competencias y funciones especificas establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el numeral 1.6, se ha establecido como funcion de las Municipalidades Provinciales, el de normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados y no motorizados, tales como mototaxis y otros de similar naturaleza. Que, mediante la Ley Nº 27189 ­ Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, se ha reconocido y normado el caracter y naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores, mototaxis y similares complementarios y auxiliar como un medio de transporte vehicular terrestre. Que, en el articulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento

Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados,se ha establecido competencias Normativa y de Gestion de las Municipalidades Distritales, el de aprobar normas complementarias para la gestion y fiscalizacion del servicio especial, dentro de su jurisdiccion de conformidad con lo establecido en la legislacion vigente y sin contravenir los reglamentos nacionales, asi mismo se ha se previsto la delegacion de facultades para otorgar permisos de operacion del servicio especial dentro de su jurisdiccion. Que, mediante Ordenanza Nº 016-2011-MPC, se aprobo el Reglamento para la Prestacion del Servicio Publico de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores de tres (3) ruedas, motorizados y no motorizados del Distrito de San MORDAZA de Canete, en donde se establecen las condiciones para el servicio y operacion, el control, supervision y el procedimiento sancionador, que se debe seguir, a las empresas concesionarias y unidades del servicio de transporte de personas en vehiculos menores. Que, tomando en cuenta el aumento de la poblacion, y la incorporacion dentro del MORDAZA Automotor de nuevas unidades de vehiculos menores, que se dedican a prestar el servicio de transporte de personas, de manera irregular y sin la autorizacion respectiva, por consecuente sin cumplir con las condiciones minimas exigidas en el D.S. 055-2010-MTC y la Ordenanza Municipal Nº 016-2011MPC, se deben de adoptar las medidas necesarias a efectos de defender y cautelar los derechos e intereses de los vecinos usuarios que hacen uso de esta modalidad de servicio. Que, mediante informe Nº 053-2011-LVQ/SM-DTPGT-MPC, la Sub Gerencia de Transporte, ha senalado que existen diversas peticiones de personas juridicas, que solicitan la autorizacion para las unidades menores de su flota, y que a la fecha vienen prestando el servicio de manera informal; no resultando viable otorgar dichas autorizaciones por encontrase declarado saturado el servicio de transporte en dicha modalidad, mediante Ordenanza Nº 031-2004-MPC. Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, al Informe Favorable de la Comision de Transporte, con el visto MORDAZA de asesoria Legal y la Gerencia Municipal, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA AUTORIZACION DE INCRIPCION DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO EN VEHICULOS MENORES EN EL AMBITO MORDAZA Y RURAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR, en el AMBITO MORDAZA del Distrito de San MORDAZA, la inscripcion de 06 (seis) Empresas de Transportes, a efectos de que presten el servicio de transporte publico de personas en la modalidad de vehiculos menores, y que se encuentren debidamente formalizadas e inscritas en el Registro de Personas juridicas correspondientes y que cumplan con los requisitos establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete y la Ordenanza Municipal Nº 0162011-MPC. Articulo 2º.- APROBAR, en el AMBITO RURAL del Distrito de San MORDAZA, la inscripcion de Empresas de Transporte, a fin que presten el servicio de transporte publico de personas en la modalidad de vehiculos menores,y que se encuentren debidamente formalizadas e inscritas en el Registro de Personas juridicas correspondientes y que cumplan con los requisitos establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete y la Ordenanza Municipal Nº 016-2011-MPC. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, otorgue la autorizacion para prestar el servicio de transporte en vehiculos menores, al numero de empresas establecidas en el articulo primero, y a todas las empresas solicitantes, conforme a lo dispuesto por el articulo MORDAZA de la presente ordenanza, y siempre que cumplan con los requisitos de ley.

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