Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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Articulo 4°.- ENCARGUESE a la Gerencia de Tributacion Municipal y la Gerencia de Servicios Publicos de la Municipalidad Provincial de Canete adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 5°.- Encarguese a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 913918-1

ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA MORDAZA DE DECLARACION JURADA Y PAGO DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR, EJERCICIO 2013 Articulo 1º.- PRORROGAR, con caracter general, el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada anual del Impuesto al Patrimonio Vehicular ante la Municipalidad Provincial de Canete, de parte de las personas naturales o juridicas propietarias de los vehiculos, automoviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibus, cuyo domicilio se encuentra en la jurisdiccion de la Provincia de Canete; hasta el 27 de Marzo del 2013. Articulo 2º.- PRORROGAR, con caracter general, el plazo para el pago al contado y del primer trimestre del Impuesto al Patrimonio Vehicular, ejercicio fiscal 2013, hasta el 27 de marzo del 2013. Articulo 3º.- Las ultimas cuotas trimestrales del Impuesto Predial-ejercicio fiscal 2013, deberan ser cancelados en las fechas senaladas en la Ordenanza Nº 02-2013-MPC. Articulo 4º.- DEROGUESE las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 913918-2

Aprueban Prorroga del plazo para MORDAZA de Declaracion Jurada y Pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular, Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 08-2013-MPC Canete, 1 de marzo del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe, Nº 030-2013-GTM-MPC de fecha 28 de febrero del 2013 de la Gerencia de Tributacion Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion; Que, en conformidad con el numeral 4) del articulo 200° de la Constitucion Politica del Peru las Ordenanzas tienen rango de Ley; Que, el articulo 1º de la Ordenanza Nº 02-2013MPC, de fecha 22 de enero del 2013, en concordancia con el articulo 34º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo, Nº 776, ordena que los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada Anualmente, el ultimo dia del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prorroga ..." Que, el articulo 1º de la Ordenanza N° 02-2013-MPC, de fecha 22 de enero del 2013, en concordancia con el articulo 35º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Legislativo, dispone que el pago al contado del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio fiscal 2013 y, el primer trimestre del impuesto al Patrimonio Vehicular, vence el 28 de febrero del 2013; Que mediante Informe Nº 030-2012-GTM-MPC, de Gerencia de Tributacion Municipal solicita la prorroga de la MORDAZA tributaria 2013, hasta el 27 de marzo del 2013, por las siguientes razones; y estando proximo el inicio de la epoca escolar y comprendiendo la necesidad de los contribuyentes; debido a que es a nivel Provincial; Que, el articulo 29º del Codigo Tributario, dispone que, plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por Administracion Tributaria; Que, el articulo 34º de la Ley de Tributacion Municipal, indica que, la Municipalidad puede establecer prorroga para la MORDAZA de la Declaracion Jurada anual del Patrimonio Vehicular; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8 del articulo 9º, articulo 39 y 40 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA mayoritario del Concejo Provincial, y con la dispensa del dictamen de Comision de Administracion se aprueba la siguiente:

Aprueban prorroga del plazo para el pago al contado y del primer trimestre del Impuesto Predial Ejercicio Fiscal 2013
ORDENANZA Nº 09-2013-MPC Canete, 1 de marzo del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el informe, Nº 029-2013-GTM-MPC de fecha 27 de febrero del 2013 de la Gerencia de Tributacion Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativas y de administracion; Que, en conformidad con el numeral 4) del articulo 200° de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas tienen rango de Ley; Que, el articulo 1º de la Ordenanza Nº 02-2013MPC, de fecha 22 de enero del 2013, concordante con el articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo, Nº 776, establece que el pago, al contado del Impuesto Predial en ejercicio fiscal del 2012 y, el pago del primer trimestre del impuesto predial, vence el 28 de febrero del 2012; Que, mediante informe Nº 029-2012GTM-MPC, de Gerencia de Tributacion Municipal solicita la prorroga de la MORDAZA tributaria 2012, hasta el 27 de marzo del 2013, por las siguientes razones: por estar pendiente aun distribuir cuponeras de autovaluo a los centros poblados y lugares perifericos; y estando proximo el inicio de la epoca escolar y comprendiendo la necesidad de los contribuyentes;

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