Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491291

Que considerando lo estipulado en la ORD. Nº 836MML modificatoria ORD. Nº 996-MML y ORD. Nº 1236MML se tiene el siguiente Cuadro: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS DESCRIPCION Parques Zonales SERPAR Renovacion MORDAZA FOMUR Municipalidad de Chorrillos TOTAL APORTES % 5.00% 3.00% 2.00% 10.00% ORD.Nº PROYECTO 1044-2012-MML 10,937.50 m2 10,938.56 m2 6,562.50 m2 6,564.14 m2 4,375.00 m2 4,376.89 m2 21,875.00 m2 21,879.59 m2

Articulo Cuarto.- DISPONER que la CONCESIONARIA LA CHIRA S.A. efectue la inscripcion de esta Resolucion en la SUNARP, en el plazo de 30 dias contados a partir del dia siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiese lugar. Articulo Quinto.- DISPONER que la CONCESIONARIA LA CHIRA S.A. efectue la publicacion de esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir del dia siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiese lugar. Articulo Sexto.- REMITIR la presente Resolucion en MORDAZA certificada y el Plano de Lotizacion y Memoria Descriptiva a la Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su conocimiento de acuerdo a Ley. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA a traves de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de los articulos precedentes y Gerencia de Asesoria Juridica tomar conocimiento de lo resuelto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Obras y Desarrollo MORDAZA 914186-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan realizacion del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el 2013 y establecen reduccion del pago por derecho de tramite
ORDENANZA Nº 281-2013-MDI Independencia, 6 de marzo del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 005-2013-RC-GSG/MDI del area de Registro Civil, Informe Nº 136-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoria Legal; sobre Celebracion del I y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2013. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de Organos de Gobierno Local autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con lo senalado en el Articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio reconocen a estos

ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, la Ley Nº 28542 Ley de Fortalecimiento de la Familia, cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basandose en el respeto de los derechos fundamentales, senalandose entre una de sus acciones la de promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situacion legal mediante el matrimonio. Que, de conformidad con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil asi como los requisitos a presentarse se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI, de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, el articulo 9º numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante informe de vistos el area de Registro Civil propone la realizacion del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2013, el cual se llevara a cabo el sabado 11 de MORDAZA del 2013 y el sabado 16 de Noviembre del 2013. Que, como parte de la politica del gobierno local es incentivar el matrimonio civil dentro de la comunidad, mediante sorteos de artefactos electricos que favorezcan a los contrayentes que participen tanto en el primer como en el MORDAZA matrimonio comunitario, a realizarse en el presente ano. Que, la Gerencia de Asesoria Legal mediante Informe Nº 136-2013-GAL/MDI, senala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones de las tasas aprobadas mediante sus Textos Unico de Procedimientos Administrativos conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento juridico, por tal razon resulta procedente la aprobacion de la reduccion del pago de la tasa por derecho de tramite para las realizaciones de los dos matrimonios civiles comunitarios. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 numeral 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades el Pleno del Concejo Municipal de Independencia por UNANIMIDAD, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA AUTORIZAR LA REALIZACION DEL I Y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL 2013 Y ESTABLECER LA REDUCCION DEL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion de los siguientes matrimonios Comunitarios: · I Matrimonio Comunitario dia SABADO 11 DE MORDAZA DEL 2013 · II Matrimonio Comunitario dia SABADO 16 DE NOVIEMBRE DEL 2013, Articulo Segundo.- ESTABLECER la reduccion del pago por derecho de tramite de Matrimonio Civil, suma de S/. 50.00 (Cincuenta Nuevos Soles y 00 /100).

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