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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2013 (21/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de marzo de 2013 491291 Que considerando lo estipulado en la ORD. Nº 836- MML modifi catoria ORD. Nº 996-MML y ORD. Nº 1236- MML se tiene el siguiente Cuadro: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS DESCRIPCION % ORD.Nº PROYECTO 1044-2012-MML Parques Zonales SERPAR 5.00% 10,937.50 m2 10,938.56 m2 Renovación Urbana FOMUR 3.00% 6,562.50 m2 6,564.14 m2 Municipalidad de Chorrillos 2.00% 4,375.00 m2 4,376.89 m2 TOTAL APORTES 10.00% 21,875.00 m2 21,879.59 m2 Artículo Cuarto.- DISPONER que la CONCESIONARIA LA CHIRA S.A. efectúe la inscripción de esta Resolución en la SUNARP, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notifi cado; sufragando los gastos a que hubiese lugar. Artículo Quinto.- DISPONER que la CONCESIONARIA LA CHIRA S.A. efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notifi cado; sufragando los gastos a que hubiese lugar. Artículo Sexto.- REMITIR la presente Resolución en copia certifi cada y el Plano de Lotización y Memoria Descriptiva a la Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento de acuerdo a Ley. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de los artículos precedentes y Gerencia de Asesoría Jurídica tomar conocimiento de lo resuelto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MERY GARCIA FERNANDEZ Gerente de Obras y Desarrollo Urbano 914186-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan realización del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el 2013 y establecen reducción del pago por derecho de trámite ORDENANZA Nº 281-2013-MDI Independencia, 6 de marzo del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 005-2013-RC-GSG/MDI del área de Registro Civil, Informe Nº 136-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal; sobre Celebración del I y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2013. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de Órganos de Gobierno Local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, la Ley Nº 28542 Ley de Fortalecimiento de la Familia, cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basándose en el respeto de los derechos fundamentales, señalándose entre una de sus acciones la de promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situación legal mediante el matrimonio. Que, de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley. Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio Civil así como los requisitos a presentarse se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI, de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratifi cado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, el artículo 9º numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante informe de vistos el área de Registro Civil propone la realización del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2013, el cual se llevará a cabo el sábado 11 de Mayo del 2013 y el sábado 16 de Noviembre del 2013. Que, como parte de la política del gobierno local es incentivar el matrimonio civil dentro de la comunidad, mediante sorteos de artefactos eléctricos que favorezcan a los contrayentes que participen tanto en el primer como en el segundo matrimonio comunitario, a realizarse en el presente año. Que, la Gerencia de Asesoría Legal mediante Informe Nº 136-2013-GAL/MDI, señala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones de las tasas aprobadas mediante sus Textos Único de Procedimientos Administrativos conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento jurídico, por tal razón resulta procedente la aprobación de la reducción del pago de la tasa por derecho de trámite para las realizaciones de los dos matrimonios civiles comunitarios. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 numeral 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades el Pleno del Concejo Municipal de Independencia por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA AUTORIZAR LA REALIZACIÓN DEL I Y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL 2013 Y ESTABLECER LA REDUCCIÓN DEL PAGO POR DERECHO DE TRÁMITE Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización de los siguientes matrimonios Comunitarios: • I Matrimonio Comunitario día SABADO 11 DE MAYO DEL 2013 • II Matrimonio Comunitario día SABADO 16 DE NOVIEMBRE DEL 2013, Artículo Segundo.- ESTABLECER la reducción del pago por derecho de trámite de Matrimonio Civil, suma de S/. 50.00 (Cincuenta Nuevos Soles y 00 /100).