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El Peruano Jueves 16 de mayo de 2013 494930 Artículo 27º.- TALLER DISTRITAL DE IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMAS En este taller los Agentes Participantes pasan a identifi car y priorizar los principales problemas que afectan a la población por cuadrantes y por Programas estratégicos articulados a las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Concertado. Artículo 28º.- ASIGNACIÓN DE RECURSOS La asignación de recursos para el fi nanciamiento de las actividades y proyectos propuestos, se determinará por la Alta Dirección de la Municipalidad, en base a los criterios que orientan la determinación de recursos a ser considerados en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y serán informados a los agentes participantes. Artículo 29º.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN La priorización es un mecanismo que sirve para establecer un orden de preferencia de las acciones identifi cadas como resultado de los Talleres de Trabajo, por motivo de limitación de recursos presupuestales. El Equipo Técnico presentará a los agentes participantes una matriz de priorización ajustada a las necesidades y realidad del distrito para que sea validada y aplicada en la califi cación de los proyectos y las propuestas. Artículo 30º.- IDENTIFICACIÓN y EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS. El Equipo Técnico efectuará la evaluación técnica de la cartera de proyectos del Plan de Desarrollo Concertado al 2014 que tiene la Municipalidad y preparará la lista de proyectos del Plan de Desarrollo Concertado para ser discutida en los Talleres de Priorización y Formalización de Acuerdos. El Equipo Técnico desarrollará las siguientes acciones: Analizar la Cartera de Proyectos ylo Banco de Proyectos vinculados a los resultados priorizados, verifi car si éstos cuentan con la viabilidad correspondiente en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), o Informe Técnico favorable para el caso de los proyectos no sujetos al SNIP, verifi car su vigencia y si éstos guardan coherencia con los criterios de Alcance, Cobertura y Monto de Inversión que defi nen los proyectos de impacto distrital establecidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, así como los recursos asignados al proceso participativo. CAPÍTULO III FASE DE FORMALIZACIÓN Artículo 31º.- REUNIÓN DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS El Equipo Técnico presentará la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica determinando el costo total. En la reunión de Formalización de Acuerdos y Compromisos, los proyectos que se identifi quen y sean viables serán sometidos a la matriz de priorización con la presencia de los agentes participantes. Los proyectos se ordenarán de mayor a menor puntaje hasta copar el monto asignado para el proceso y los proyectos de inversión que por limitaciones presupuestales no logren fi nanciamiento, se incluyen en una lista de proyectos alternativos que deberá recogerse en el Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos, para su consideración en el Presupuesto Participativo del año siguiente. En el caso que existiera mayores recursos durante la fase de ejecución del presupuesto, estos proyectos pueden ser incorporados al presupuesto institucional mediante las modifi caciones presupuestales correspondientes. Artículo 32º.- FORMALlZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo, con los resultados determinados en los Talleres de Trabajo, el cual será presentado a los miembros del CCLD y a los Agentes Participantes para su consideración, aprobación fi nal y formalización con la suscripción del Acta respectiva. Los proyectos aprobados en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del siguiente año, para su respectiva aprobación mediante Acuerdo de Concejo Municipal. Artículo 33º.- ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Como parte del taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos, el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo anterior, rendirá su informe; luego se procederá a la elección de los cuatro (04) miembros del Comité de Vigilancia que será reconocido por el Concejo Municipal Local. Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: 1º. Ser Agente Participante, 2º. Residir en la jurisdicción de San Luis. 3º. No haber sido condenado por delitos o faltas. Artículo 34º.- LA RENDICIÓN DE CUENTAS La Rendición de Cuentas es un mecanismo de transparencia que permite informar a los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos pactados en el año anterior, en lo que respecta a: a) Nivel de Ejecución de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior. b) Sustento de los cambios efectuados a los proyectos priorizados y modificaciones presupuestarias realizadas, de ser el caso, c) Informe del Presupuesto Institucional de Apertura del presente año. El Alcalde es el responsable de efectuar la Rendición de Cuentas correspondiente al Presupuesto Participativo anterior y el Equipo Técnico elaborará un Resumen Ejecutivo y será publicado en Portal institucional. Artículo 35º.- ELABORACIÓN DE DOCUMENTO Y PUBLICACIÓN. El Equipo Técnico es el responsable de elaborar el Documento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y conjuntamente con el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo deben ser remitidos a la Dirección General del Presupuesto Público, en el plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para cada año fi scal. De igual modo, se digitará en el Aplicativo Informático del Proceso de Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas. La publicación del Documento del Presupuesto Participativo y el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo se efectuará en el Portal institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. CAPÍTULO IV FASE DE COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO Artículo 36º.- COORDINACIÓN CONJUNTA ENTRE AUTORIDADES Las autoridades a nivel Regional, Provincial y Distrital se reúnen a fi n coordinar acciones a desarrollar en forma conjunta, en materia de gastos de inversión, respetando las respectivas competencias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Primera. Cualquier posible discrepancia sobre la aplicación de la presente norma y sea materia del proceso, será resuelta por el Equipo Técnico. 937207-1