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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2013 (16/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

El Peruano Jueves 16 de mayo de 2013 494932 que, a fi n de actualizar los datos de los contribuyentes registrados, ampliar la base tributaria y promover el pago justo de los tributos administrados, propone emitir nuevos formatos de Declaración Jurada, contando con la respectiva aprobación de la Gerencia de Rentas con Informe Nº 0276-2012-GR-MVES. Asimismo, con Informe Nº 004-2013-MVES/GR-SGAOT, la Sub Gerencia de Administración y Orientación Tributaria, precisa que no es necesaria la prepublicación del Proyecto de Ordenanza materia de autos, por encontrarse exceptuada de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, con Informe Nº 476-2012-OAJ/MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre el proyecto de Ordenanza que “Establece la Aprobación de Formatos de la Declaración Jurada del Impuesto Predial”, señalando, que al ser una Ordenanza que no contempla tasas en el ámbito tributario, no requiere ratifi cación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y asimismo, que el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente, incluye también la distribución gratuita de las Declaraciones Juradas (HR, PU y PR); concordante con el Art. 154.1 de la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, por lo cual recomienda que el citado proyecto de Ordenanza sea puesto en conocimiento en el Pleno del Concejo Municipal; Que, con Dictamen Nº 001-2013-CRyF/MVES la Comisión de Rentas y Fiscalización, señala que de la revisión de los Informes Técnicos y Legal, consideran que el Proyecto de Ordenanza propuesto, permitirá que la Municipalidad se adecúe a los dispositivos legales vigentes, por lo cual recomienda al Concejo Municipal la aprobación de la citada Ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con los pronunciamientos favorables de la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 476-2012-OAJ/ MVES, el V.B. de la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 244-2012-GM/MVES y el Dictamen Nº 001-2013- CRyF/MVES de la Comisión de Rentas y Fiscalización; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA APROBACIÓN DE FORMATOS DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Artículo Primero.- APROBAR los Formatos denominados “Hoja Resumen – HR, Hoja Predio Urbano – PU, Predio Rústico - PR”, de la Declaración Jurada del Impuesto Predial los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo tamaño será en A-4, y que serán entregados en forma gratuita. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contribuyentes a través de los formatos señalados en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, presentarán su Declaración Jurada del Impuesto Predial que contenga la información para la determinación de la deuda tributaria, así como realizarán la actualización de datos en caso de haber efectuado transferencia de dominio de predio, modifi cación de domicilio fi scal, modifi cación de numeración, entre otros procedimientos y que permitan a la Administración Tributaria la determinación del tributo señalado; así como de los Arbitrios Municipales. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuación e implementación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Atención y Orientación Tributaria, realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Institucional Tecnología de la Información y Estadística, la publicación de los formatos Hoja de Resumen HR, Predio Urbano PR y Predio Rústico PR, en el portal electrónico www.munives.gob.pe, así como la adecuación de la base de datos del sistema informático a los formatos aprobados mediante la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 936931-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban implementación del Modelo de Escuelas Felices e Integrales en instituciones educativas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 9-2013/MDV Ventanilla, 11 de abril de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En sesión ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 11 de abril de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 024-2009/ MDV la Municipalidad Distrital de Ventanilla aprobó el Proyecto Educativo Local de Ventanilla para el periodo 2009 – 2021, como política rectora de la educación formal y no formal, pública y privada del distrito de Ventanilla, en la que se señala como segundo objetivo estratégico un modelo de gestión educativa que, considerando el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, se concreta en un Modelo de Escuela Feliz e Integral. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 028-2010- MDV-CDV se aprueba el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Ventanilla al 2021, que establece como Línea estratégica 1: Educación de calidad con equidad que promueve el desarrollo humano y el desarrollo local y recoge el Modelo de Gestión Educativa que propone el Proyecto Educativo Local de Ventanilla, señalando que en las instituciones educativas de Ventanilla se implemente el Modelo de Escuelas Felices e Integrales considerando el interés superior de las niñas, niños y adolescentes en sus cinco componentes: Aprendizaje de calidad, participación, salud, nutrición y buen trato, gestión escolar efi ciente e Infraestructura educativa; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 029- 2010/MDV se aprueba el Plan Concertado de Salud del Distrito de Ventanilla al 2021, el cual plantea que debido al estrecho trabajo que el Sector Salud realiza con el Sector Educación, principalmente en acciones preventivas – promocionales, se reconoce el Modelo de Escuelas Felices e Integrales como modelo del distrito y se señala que toda intervención del Sector Salud en las escuelas de Ventanilla se encontrará en el marco y estrecha articulación a este modelo. Que, mediante RD Nº 002093-2010 –UGEL.V, la Unidad de Gestión Educativa Local de Ventanilla aprueba la implementación del Modelo de Escuelas Felices e Integrales en las instituciones educativas de su ámbito jurisdiccional y dispone su implementación progresiva Que, mediante Informe Nº 011-2013-MDV/GECJ de la Gerencia de Educación Cultura y Juventud y el Informe Nº 95-2013/MDV-GLySM, de la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, se remite opinión y se señala que