Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2013 (16/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Jueves 16 de MORDAZA de 2013

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza Nº 342MDSMP que establece beneficio extraordinario de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los administrados del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2013/MDSMP San MORDAZA de Porres, 13 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 030-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administracion Tributaria de la entidad; y CONSIDERANDO:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban Formatos de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 270-MVES MORDAZA El MORDAZA, 16 de enero de 2013 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Proyecto de Ordenanza que "Establece la Aprobacion de Formatos de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial", propuesta con el Informe Nº 559-2012MVES/GR-SGAOT de la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria, el Informe Nº 476-2012-OAJMVES de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe Nº 244-2012-GM-MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 001-2013-CRyF/MVES emitido por la Comision de Rentas y Fiscalizacion; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 342-MDSMP (09. ABRIL.2013), publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 11.ABRIL.2013, se otorgo beneficios extraordinarios de regularizacion tributaria y no tributaria a favor de los administrados del distrito de San MORDAZA de Porres que mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Multas Administrativas sujeta a Cobranza Coactiva; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 010-2013/ MDSMP (26.ABRIL.2013) se prorroga la fecha de vencimiento de la Ordenanza arriba mencionada hasta el 15.MAYO.2013; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe de Visto se considera necesario la ampliacion de dicho beneficio tributario, vista la afluencia de administrados que vienen apersonandose a regularizar la situacion de sus adeudos en Cobranza Coactiva, asi como por la necesidad planteada por muchos vecinos del distrito de ampliar el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 342-MDSMP, con la finalidad de poder acogerse a los beneficios que se vienen brindando; Que, la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza mencionada faculta al Senor MORDAZA a dictar las medidas reglamentarias que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion, asi como para la prorroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposicion municipal, existiendo la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 453-2013GAJ/MDSMP); Con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Administracion Tributaria; De conformidad con los articulos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 342-MDSMP; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 342-MDSMP (09.ABRIL.2013) hasta el 31.MAYO.2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como a las Subgerencias respectivas; y su publicacion a la Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 937375-1

Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; que establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Articulo 14º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que los contribuyentes se encuentran obligados a presentar declaracion jurada cuando asi lo determine la Administracion Tributaria para la generalidad de los contribuyentes; asi mismo que, la actualizacion de valores de predios por las Municipalidades sustituye la obligacion de presentar declaracion jurada anual por el Impuesto Predial y se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto; Que, el articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF y sus modificatorias, establece que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria, en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA con rango similar, la cual podra constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria. Asimismo, senala que corresponde a los deudores tributarios, consignar en su declaracion jurada, los datos solicitados por la Administracion Tributaria, en forma correcta y sustentada; Que, asimismo el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal; Que, con Informe Nº 559-2012-MVES/GR-SGAOT de fecha 11/12/2012, la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria, da cuenta que, de la revision del archivo de Declaraciones Juradas de Autoavaluo, se pudo constatar que desde el ano 2003 no se realiza Declaracion Jurada Masiva de Autoavaluo en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, informacion que sirvio de sustento para la emision de las declaraciones juradas mecanizadas que se llevan a cabo a partir del citado ano, por lo que dicha informacion se encuentra desactualizada; asimismo de la revision de los actuales formatos Hoja Resumen ­ HR, Hoja Predio MORDAZA ­ PU, Hoja Predio MORDAZA - PR, se pudo constatar que estas no se encuentran acordes a la realidad del Distrito, ademas sus estructuras no permiten recabar los criterios que establece el Tribunal Fiscal para establecer la correcta determinacion del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales; por lo

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