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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2013 (18/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Sábado 18 de mayo de 2013 495037 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y fi nanciera especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y modifi catoria, se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones de los servicios serán efectuadas por la Ofi cina General de Administración (en la actualidad Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos) a requerimiento de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (en la actualidad Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), cuando éstos estén indirectamente vinculados a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda; Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del mencionado Procedimiento dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores únicos, la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos procederá a su contratación directa, previo a lo cual deberá cumplir con realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando la Segunda Disposición Final que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, en los Memorandos Nºs 083 y 091- 2012-EF/52.05, señala las razones que justifi can la contratación como proveedor único de la empresa Fitch Ratings Limited para que brinde el servicio de califi cación de riesgo soberano; Que, la empresa Fitch Ratings Limited presta el servicio de califi cación de riesgo soberano, mediante la evaluación integral de los aspectos económicos, sociales y políticos de un país en base a su propia metodología, que tiene un signifi cado particular y único en el mercado; Que, la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos ha elaborado el Informe Nº 282-2013-EF/43.03, conjuntamente con el proyecto de convenio de prestación de servicios; Que, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 482-2013-EF/42.01, opina favorablemente sobre el proyecto de convenio de prestación de servicios a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Fitch Ratings Limited; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 034- 2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el convenio de prestación de servicios remitido por la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos referido al servicio de califi cación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Fitch Ratings Limited. Artículo 2.- Autorizar al Jefe de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el convenio referido en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 938447-3 Modifican artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 001-2013-EF/10, referido a Delegación en temas del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2013-EF/43 Lima, 17 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 241-2012-EF se creó al interior del Ministerio de Economía y Finanzas, el Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú, que se encargará de la organización, preparación y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, a llevarse a cabo en la República del Perú; Que, los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, emitidos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, modifi cado mediante Decreto de Urgencia Nº 053-2009, los cuales fueron aprobados por Resolución Ministerial Nº 238-2009-EF/10 y modifi catorias, establecen las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de funciones correspondientes, en los temas relativos a procesos de selección y contratación de consultores; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001- 2013-EF/10 se delegaron en diversos funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, facultades, funciones y atribuciones relacionadas a materias de administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, contrataciones del Estado, entre otros; Que, teniendo en consideración la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada por Resolución Ministerial Nº 223-2011- EF/43 y con el propósito de lograr una mayor fl uidez a la marcha del referido proyecto, es conveniente efectuar las delegaciones necesarias para la contratación de personal califi cado que el Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú, que se encargará de la organización, preparación y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, pudiese requerir; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 001-2013-EF/10, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 1.- Delegación en temas del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. Delegar en los Viceministros de Economía y de Hacienda, la Secretaría General y el Director General de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, las facultades siguientes: a) Los Viceministros de Economía y de Hacienda autorizarán las contrataciones y suscribirán los Términos de Referencia del Servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público que se requieran en sus respectivos Despachos, así como en los Órganos de Línea dependientes de cada una de estas instancias. b) La Secretaría General autorizará las contrataciones y suscribirá los Términos de Referencia del Servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con