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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2013 (18/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Sábado 18 de mayo de 2013 495041 de 2013, a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, para que participe en la “I Reunión del Comité de Frontera Altiplánico Perú-Bolivia”. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administración del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Terrestres : S/. 104.00 Viáticos (por 2 días) : S/. 1,040.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión de servicio deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 939218-10 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0122-2013-JUS Lima, 16 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y las expectativas que representa compromete a todos los peruanos y peruanas, organizaciones públicas y privadas, a una sinergia de esfuerzos que contribuya a luchar de manera real, fi rme y decidida contra la corrupción; Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfi co de infl uencias, el nepotismo, el narcotráfi co, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de intereses particulares; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0011- 2009-JUS, de fecha 22 de enero de 2009, se aprobó el Plan Sectorial del Ministerio de Justicia para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, teniendo como objetivo general formar un Sector Justicia eficiente, transparente, con promoción de la ética y la erradicación de la corrupción, sin recortar el acceso a la justicia, el acceso a la información y, con plena vigencia de la Constitución y respeto a los Derechos Humanos; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brinden al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismo de control efectivo; Que, el numeral 11 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modifi catorias, defi ne y establece entre las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimento para las entidades del Gobierno Nacional, la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fi jación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover, a través de sus acciones y comunicaciones la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 119- 2012-PCM, de fecha 08 de diciembre de 2012, aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012- 2016, el mismo que establece los siguientes Objetivos: i) Articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) Prevención efi caz de la corrupción; iii) investigación y sanción oportuna y efi caz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; iv) Promoción y articulación de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción y; v) Posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción; Que, el Decreto Supremo Nº 046-2013-PCM, se aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementarán en este ámbito, en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, así como de conformidad a la acción 2.20. del artículo 2º del dispositivo en mención, se elaborarán planes anticorrupción en las entidades del Poder Ejecutivo que contengan medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, en este sentido resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo que se encargue de la elaboración del Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 011- 2012-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Sector Justicia y Derechos Humanos; cuyo plazo de funcionamiento será de treinta (30) días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo creado en el artículo precedente estará conformado por los siguientes miembros: - Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien presidirá. - Viceministro de Justicia. - Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. - Secretario General. - Jefe de Gabinete. - Procurador de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción. - Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. - Jefe de la Ofi cina General de Administración. - Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. - Director General de la Dirección General de Justicia y Cultos.