Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Que, con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento del Hospital "Maria Auxiliadora" de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, resulta conveniente adoptar la accion de personal que resulte pertinente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 941388-3

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de funcionaria y profesional de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones del Ministerio a Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2013-MTC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 VISTOS: La Carta de Invitacion de fecha 01 de marzo de 2013 y correo electronico de fecha 08 de MORDAZA de 2013 emitidos por el Director Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicacion Audiovisual del Ministerio de Industria, Energia, Mineria de la Republica Oriental del Uruguay, el Memorandum No. 664-2013-MTC/03 emitido por el Viceministerio de Comunicaciones y el Informe No. 0825-2013-MTC/28 emitido por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Invitacion de fecha 01 de marzo de 2013 y correo electronico de fecha 08 de MORDAZA de 2013, el Director Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicacion Audiovisual del Ministerio de Industria, Energia, Mineria de la Republica Oriental del Uruguay, curso invitacion al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para participar en el "VI Foro Internacional de la MORDAZA ISDB-T y reuniones de la Conferencia Intergubernamental de Television Digital Abierta", eventos que se llevaran a cabo en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 27 al 29 de MORDAZA de 2013;

Que, el citado Foro tiene como objetivo convocar a las maximas autoridades de los gobiernos y expertos tecnicos internacionales del ambito de las Telecomunicaciones, de los paises que han adoptado la MORDAZA ISDB-T, quienes expondran y discutiran sobre aspectos relevantes en el MORDAZA de desarrollo de la television digital terrestre en los respectivos paises, asimismo, en la reunion se aprobaran los documentos de armonizacion del Middleware GINGA y de los sistemas EWBS; Que, asi mismo, de acuerdo a lo senalado por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, resulta necesario coordinar con anticipacion con los tecnicos de DINATEL y el experto japones en la Republica Oriental del Uruguay, a fin de tratar temas relacionados a los planes de frecuencias, caracteristicas de transmision de las estaciones uruguayas de TDT y la transmision digital via satelite, los cuales podran aplicarse en la implementacion de la TDT en el Peru, luego de ser evaluados, para lo cual debera asistir un profesional de la citada Direccion General desde el dia 26 de MORDAZA de 2013; Que, mediante Resolucion Suprema No. 0192009-MTC, se resolvio adoptar el estandar ISDB-T con las mejoras tecnologicas que hubiere al momento de su implementacion, como sistema de television digital terrestre para el Peru, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Noves, Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, Ley No. 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y a lo informado por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Noves, Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 27 al 31 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, profesional de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 26 al 30 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Noves, Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones: Pasajes (incluye TUUA) Viaticos US $ 1,479.62 US$ 800.00

Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, profesional de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones: Pasajes (incluye TUUA) Viaticos US $ 2,037.29 US$ 1,000.00

Articulo 4º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema,

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