Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

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S.A.C. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, sera el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley Nº 28737, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo previsto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; disponiendo, asimismo, que el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53º del dispositivo legal en mencion, establece que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento, y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143º de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, sujetandose a los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 545 -2013-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada, para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa VISUAL TV COMUNICACIONES S.A.C.; Que, mediante Informe Nº 668 -2013-MTC/08, la Oficina General de Asesoria Juridica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable el otorgamiento de la concesion unica solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2013 MTC/02 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 121-2013PCM se conformo el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno", con la finalidad de promover el desarrollo integral del distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA y coadyuvar en la implementacion de los proyectos de desarrollo y ejecucion de obras que presente la autoridad distrital MORDAZA las instancias competentes; el cual se encuentra integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo el articulo 3° del citado dispositivo, dispone que los integrantes del Grupo de Trabajo deberan contar con un representante titular y otro alterno, designados mediante resolucion del titular de la entidad a la que pertenecen; Que, se considera conveniente designar a los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Grupo de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 29158, 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al senor MORDAZA Toskano MORDAZA, Especialista de Monitoreo y Evaluacion del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO como representante Titular y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinador Zonal de la Oficina de Coordinacion MORDAZA del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, como representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno". Articulo 2°.- Los profesionales designados en el articulo precedente deberan llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 001-2007-MTC/09, Directiva para la supervision y seguimiento de la participacion de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en organos colegiados, aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 001-2007-MTC/.09. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 940723-1

Otorgan a la empresa VISUAL TV COMUNICACIONES S.A.C. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2013 MTC/03 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2013 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2013009125, por la empresa VISUAL TV COMUNICACIONES

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