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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2013 (24/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Viernes 24 de mayo de 2013 495413 posible, con los vecinos y/o asociaciones colindantes al lugar de extracción. c. La guía de transporte de material de acarreo deberá ser presentada por el conductor del vehículo cuantas veces sea requerida por el personal de la municipalidad y los miembros de la Policía Nacional del Perú que apoyen a esta labor durante el traslado del material desde su lugar de origen hasta el sitio donde será utilizado. d. La Policía Nacional del Perú tiene competencia para intervenir e investigar en las infracciones por extracción ilegal de materiales de acarreo, debiendo denunciar ante la Municipalidad, sin perjuicio de hacerlo ante la Autoridad competente en caso de delito. e. Toda Planta de Transformación de materiales de acarreo para poder despachar o movilizar todo cargamento de materiales transformados deberá adquirir de la Municipalidad una guía especial para el transporte de materiales de acarreo. f. Las guías de transporte de material, no deben contener enmendaduras, borrones o enmendaduras de ninguna clase, si acaso se malograse una guía, esta permanecerá en el talonario con la expresión de ANULADO escrita en forma transversal en el original. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero.- La autorización y el derecho de extracción de materiales de acarreo que se depositan en las aguas en los álveos o cauce de los ríos y canteras de la jurisdicción, que sirven para la construcción, no constituye título de dominio que acredite derechos posesorios o de propiedad sobre la zona de extracción, no pudiendo ser sub concesionado por el administrado a un tercero, bajo causal de nulidad de la autorización otorgada. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental. Artículo Tercero.- La Policía Nacional prestará su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan bajo responsabilidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo Única.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía proceda a la implementación de las disposiciones y/o directivas que resulten necesarias para el desarrollo de la presente ordenanza. DISPOSICION FINAL Artículo Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HUGO NAJARRO ROJAS Alcalde 940537-1 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaccana ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2013-MDH Huaccana, 15 de marzo del 203 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACCANA. POR CUANTO VISTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Huaccana, en Sesión Ordinaria N° 006-2013-MDH, de fecha 11 de marzo del año dos mil trece, con el voto mayoritario de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones específi cas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados derechos deben ser ratifi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Distrital de Huaccana se encuentra establecido en la Ordenanza; Que, mediante Directiva, el Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las pautas metodológicas para la determinación de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACCANA Artículo Primero.- APRUÉBASE el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaccana, cuyo texto forma parte integrantede la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APRUÉBASE los Derechos de pago por los trámites contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaccana, que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APRUÉBASE los Formularios de distribución gratuita y/o de libre reproducción. Artículo Cuarto.- DERÓGASE las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- REMÍTASE a la Municipalidad Provincial de Chincheros, la presente Ordenanza y sus anexos para su ratifi cación. Artículo Sexto.- PUBLÍCASE la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munihuaccana.gob.pe, y en éste último el contenido completo del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaccana. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente a la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Distrital de Huaccana que aprueba su ratifi cación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. HUGO NAJARRO ROJAS Alcalde 940537-2